El Juzgado de Primera Instancia 17 de Granada ha ordenado la devolución de más de 8.000 euros a una mujer que contrató una tarjeta “revolving” , tras reconocer que los intereses aplicados fueron “usurarios”.
Concretamente, el Juzgado señala que “el tipo aplicado a la tarjeta de crédito excede notablemente del interés normal del dinero, por lo que debe ser calificado como usurario conforme a la ley de Represión de la usura de 23 de julio de 1908”.
Por ello, declara “la nulidad del contrato suscrito entre las partes el 12 de noviembre de 2008 de tarjeta de crédito, y la obligación de la demandante de reintegrar únicamente el capital prestado pendiente, condenando a la demandada a devolver todas las cantidades abonadas durante la vida del crédito que excedan de la cantidad dispuesta”.
Un fallo que obliga a Wizink Bank a devolver a la afectada la cantidad de 8.100 euros.