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falta de transparencia en la comercialización de una tarjeta revolving

Falta de transparencia en tarjetas revolving: contrato nulo

La falta de transparencia es motivo más que suficiente para declarar el contrato nulo de una tarjeta revolving de pago a plazos.

Y es que, un interés muy elevado no es la única causa que implica la nulidad del contrato de un crédito revolving. Hay que tener en cuenta otros factores como la falta de transparencia, no solo en el momento de la comercialización del crédito sino también durante la vigencia del contrato.
Te contamos todo lo que necesitas saber sobre la falta de transparencia en una tarjeta revolving.

¿Qué significa “falta de transparencia” en una tarjeta revolving?

La falta de transparencia en una tarjeta revolving hace referencia a la falta de información proporcionada por algunas entidades a la hora de comercializar este producto financiero o durante su vigencia. La transparencia garantiza que el consumidor conozca o pueda conocer la carga económica que el contrato supone para él y la prestación que va a recibir de la otra parte. Sin embargo, las entidades suelen omitir información importante sobre los créditos revolving, tanto al comercializarlos como a lo largo de la vida del contrato, para que los clientes accedan a su contratación.
Esa falta de información es la que lleva muchas veces a que el afectado contrate la tarjeta desinformado y termine pagando el doble o más de lo que solicitó en un primer momento.

¿Se puede reclamar una tarjeta de crédito revolving solo por falta de transparencia?

Sí, la falta de transparencia es motivo suficiente para poder denunciar a la entidad y conseguir un contrato nulo. En muchas ocasiones, suele ir acompañado de un interés elevado, pero no es obligatorio que esto sea así, aunque sin duda, ayuda a obtener mayor seguridad jurídica.

¿Qué se consigue tras ganar el caso por falta de transparencia en una tarjeta?

“Las condiciones generales incluidas en el contrato que regulan los intereses y comisiones, no superan el control de transparencia, con lo que no deben tenerse por puestas ya que no se han incorporado válidamente al contrato, y condeno a la entidad, a fin de que reintegre al afectado cuantas cantidades abonadas durante la vida del crédito excedan a la cantidad dispuesta, según se determine todo ello en ejecución de sentencia, con imposición a la entidad, de las costas causadas en esta primera instancia”, son las palabras del juez al condenar a la entidad por falta de transparencia.
En otras palabras, el afectado tras reclamar y ganar el caso por falta de transparencia consigue:

1. Recuperar todas las cantidades de más pagadas por la tarjeta revolving

2. Eliminar la deuda pendiente

3. Anular el contrato de la tarjeta revolving

Ver sentencia por falta de transparencia

5 aspectos que son clave para identificar un contrato poco transparente

  • Desinformación a la hora de la comercialización: Centros comerciales, hipermercados, gasolineras o grandes almacenes… existen numerosas empresas y entidades que ofrecen este método de financiación pero en muy pocas ocasiones informan de las verdaderas consecuencias que supone contratar este producto financiero. Generalmente la venta se llevaba a cabo por un comercial que en muy poco tiempo y con información insuficiente lograba la venta.
  • Letras ilegibles: muchos contratos están redactados en letra minúscula e imposible de leer. Sobre todo, el apartado referente a las condiciones donde figuran los intereses pactados, comisiones o seguros que hacen ilegible la lectura por parte del consumidor para poder entender lo que está firmando.
  • Omisión de información: existen casos donde no aparece información clave para decidir si contratar o no el crédito. Por ejemplo el % TAE, concepto financiero que sirve para expresar el interés y el coste real que se pagará por el crédito.
  • Aumento de la línea de crédito sin aceptación de los términos: en ocasiones, los afectados aseguran que la entidad aumenta la línea de la tarjeta sin ellos estar de acuerdo. Desconocen los cambios y se dan cuenta más tarde, incluso durante el proceso de la reclamación, si han decidido reclamar.
  • Intereses elevados: Los intereses de estas tarjetas, que se sitúan de media en torno al 20% TAE ya son muy elevados, sin contar las comisiones que surjan durante el contrato.

Bajo estos conceptos, el criterio de la mayoría de los juzgados de Primera Instancia y Audiencias Provinciales coincide y deciden declarar nulo el contrato de las tarjetas revolving por falta de transparencia.
Reclamar

Nueva orden ministerial sobre la falta de transparencia de las tarjetas revolving

El Tribunal Supremo calificó los intereses de una tarjeta revolving como usurarios por los altos tipos de interés que se aplicaban (27,24%), hecho que ha provocado la actuación del Ministerio de Economía que ha puesto coto a la espiral de deuda permanente que suelen producir estos productos. De ahí la nueva normativa diseñada para regular la comercialización de las tarjetas revolving, enfocada tanto a aumentar la transparencia hacia el consumidor como a reforzar los análisis de solvencia de los clientes por parte de las entidades.
La norma, que entró en vigor el 2 de enero de 2021, pone el foco no sólo en los intereses usurarios sino en la falta de transparencia. Esta orden, supone un paso más para proteger al consumidor de las prácticas abusivas de las entidades que las comercializan.

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  • Ponemos fin al acoso telefónico
  • Reclamamos por + 7.000 afectados

Si estás en esta situación y necesitas asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros. Te ayudaremos sin ningún compromiso.

Un buen asesoramiento es básico para no encontrarnos con problemas legales en una reclamación extrajudicial o en una posible demanda. No duden en preguntar todo lo que sea necesario.

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