Dentro de las muchas funciones del Banco de España, existe una bastante útil para las empresas financieras: la creación y el mantenimiento de la CIR (Central de Información de Riesgos).
Aunque mucha gente cree que la CIR es un fichero de morosos, realmente es una base de datos de prevención de riesgos. Por lo tanto, se dedica a informar a las empresas financieras sobre el riesgo crediticio de sus clientes, no a recoger una “lista negra” de personas que deben dinero.
Por lo tanto, incluso si hemos pagado todas nuestras deudas o hemos obtenido una exoneración de las mismas a través de la Ley de la Segunda Oportunidad, podemos estar incluidos en la CIRBE. Ahora bien, ¿quién puede (y cómo) consultar la información de este fichero?
En este artículo vamos a explicar todo lo que necesitas saber para acceder a tu información y consultar el CIRBE, además de aportar información esencial que todo el mundo debería conocer sobre esta base de datos.
¡Empecemos!
Qué es la CIRBE y su importancia en la Ley de Segunda Oportunidad
Por definición, la Central de Información de Riesgos del Banco de España es una base de datos que recoge la información de los préstamos, créditos y avales concedidos por las entidades financieras españolas a personas físicas y jurídicas.
Esta información incluye el importe del préstamo, el tipo de interés, el plazo de amortización, el estado de la deuda y los impagos, si los hubiera (como explicamos en la introducción, no tiene por qué haberlos).
Como cualquier fichero de gestión de riesgos, el CIRBE se creó para proteger a los consumidores y a las empresas de la concesión de préstamos imprudentes.
Como ya hemos mencionado, el CIRBE está gestionado por el Banco de España, que es el organismo supervisor del sistema financiero español. Esto es una gran ventaja, ya que al ser un organismo gubernamental, obliga a las entidades financieras a declarar la información sobre los préstamos, créditos y avales que concedan.
Esto ofrece gran transparencia a las empresas que quieran contratar con personas endeudadas y prevé muchas situaciones de riesgo crediticio.
Ahora bien, ¿quién puede acceder a la CIRBE?
Quién puede acceder a los datos del CIRBE
Las personas y entidades que pueden acceder a los datos del CIRBE pueden ser categorizadas en 4 grupos, según el interés y la legitimidad que tengan para consultar la base de datos:
Los titulares de los datos: Cualquier persona física o jurídica que figure como titular de un riesgo declarable a la CIRBE podrá acceder a toda la información que le afecte, salvo que el total de riesgos mantenidos sea inferior a 300 euros.
Las entidades financieras: Las entidades financieras que declaran los riesgos a la CIRBE podrán acceder a la información de sus clientes, así como a la información de otros clientes de otras entidades.
El Banco de España: El Banco de España, como responsable de la gestión de la CIRBE, podrá acceder a toda la información que se encuentre en la base de datos.
Las autoridades judiciales y administrativas: Las autoridades judiciales y administrativas podrán acceder a la información y consultar el CIRBE en el marco de sus competencias.
Como puedes comprobar, para acceder a esta base de datos necesitas tener un interés legítimo en la información. Aún así, siempre podremos consultar nuestra propia información en cualquier momento de manera gratuita. En el siguiente apartado explicamos cómo hacerlo.
En definitiva, las distintas aplicaciones que tiene la CIRBE son muy valiosas ya que permite obtener una imagen del estado crediticio actual. De hecho, para los despachos de abogados especializados, en exoneración de deudas como concursos de acreedores para personas físicas o ley de segunda oportunidad, es un medio fundamental para conocer la naturaleza de las deudas y las características principales de cada crédito y completar el estudio de la viabilidad previa del procedimiento de eliminación de deudas.
Cómo consultar tus datos del CIRBE
Para acceder a los datos del CIRBE, podemos pedir cita previa en la web del Banco de España. Pero si queremos los datos lo antes posible, lo mejor será hacerlo de forma telemática (online).
Para ello, tendremos que solicitar nuestro informe en la página web del Banco de España, accediendo a la aplicación “Petición de informes y Reclamaciones CIR” disponible en el apartado “Tramitación”.
Por supuesto, es imprescindible disponer de firma digital o certificado electrónico emitido por Prestadores de Servicios de Certificación (PSC) admitidos por el Banco de España (en otras palabras, el certificado electrónico que todos conocemos). Una vez solicitado, tenemos que tener en cuenta los siguientes apartados:
- Los fines de semana y festivos se puede solicitar el informe, pero la respuesta estará disponible a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de solicitud.
- Los informes de riesgos sólo se podrán descargar por el solicitante. Los informes estarán disponibles durante veinte días desde su resolución.
- Los informes de riesgos correspondientes a la última fecha disponible estarán disponibles aproximadamente a los 15 minutos.
Si en vez de una persona física tienes una entidad financiera, podrás acceder a la información de tus clientes a través de la plataforma de acceso a la CIRBE, ya que las personas jurídicas nunca podrán hacerlo de manera presencial.
Así que, en resumen, el CIRBE está controlado por el Banco de España y se dedica a medir el riesgo potencial que tiene cada persona dependiendo de su crédito y deuda.
Este riesgo puede ser considerado posteriormente por las entidades financieras del sistema español para evaluar si quieren empezar una relación contractual con un nuevo cliente o, si el informe no es positivo, denegar su solicitud.
TE AYUDAMOS A CANCELAR TUS DEUDAS
Abogados expertos en la Ley de Segunda Oportunidad.
Rellena el formulario y evaluamos tu caso gratis.