El Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Sant Boi de Llobregat ha declarado la nulidad por usurario del contrato suscrito en fecha de 29 de marzo de 2003-2016 entre las partes, debiendo devolver la demandada al demandante todas las cantidades percibidas por cualquier concepto que superen el capital dispuesto, a determinar en ejecución de sentencia, con expresa imposición de las costas causadas en este procedimiento a la demandada.
Caixabank está obligada a devolverle la cantidad de 3.225.74 euros por considerar usuaria la tarjeta Caixabank con un interés TAE de 24,6%. Por lo tanto, nula.