En nuestro despacho acabamos de cerrar un caso que nos ha impactado especialmente, y no solo por el resultado, sino por lo que hay detrás, una mujer que hizo todo bien, denunció, esperó, y aun así seguía cargando con una deuda que no debería haber sido suya. La Ley de Segunda Oportunidad le dio en tres meses lo que el sistema penal no había podido darle.
Una promesa, unos préstamos y el dinero que desapareció
La protagonista, a quien llamaremos M.J.G.R. por confidencialidad, tiene 64 años, vive en Lugo y trabaja en el sector del hogar con un salario de 801 euros mensuales. Su situación empezó a deteriorarse cuando alguien le aseguró que, si pedía préstamos e invertía el dinero en una billetera virtual, el capital se multiplicaría en poco tiempo. Sin formación financiera específica y con la esperanza de mejorar una situación económica ya ajustada, confió. Pidió los préstamos. Invirtió el dinero. Y el dinero desapareció. Era una estafa.
La denuncia no devuelve el dinero, pero la deuda sigue ahí
M.J.G.R. hizo lo que se supone que hay que hacer: denunció. Pero las investigaciones por estafas de inversión virtual rara vez recuperan el capital perdido, y mientras el proceso penal seguía su curso, los acreedores no esperaban. Los intereses tampoco.
Con 64 años, sin bienes a su nombre y con su madre muy mayor viviendo con ella y dependiendo de sus cuidados, no había forma de salir por sus propios medios. Su salario de 801 euros no daba para cubrir las cuotas de una deuda que ella no había generado por irresponsabilidad, sino por haber confiado en quien no debía.
Una vía paralela que la denuncia no podía ofrecer
Cuando analizamos su caso, encontramos la solución que el sistema penal no podía darle, iniciar el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad y solicitar la exoneración total del pasivo insatisfecho. No como alternativa a la denuncia, sino como solución urgente y paralela a una situación que no podía seguir esperando.
Aportamos toda la documentación necesaria para acreditar los tres elementos clave: buena fe, insolvencia real e imposibilidad objetiva de asumir la deuda con sus ingresos, teniendo en cuenta además la carga de cuidados que asumía con su madre.
En solo tres meses se ha conseguido la exoneración
Los tiempos en este caso fueron excepcionales. La demanda se presentó en marzo de 2026, fue admitida a trámite en abril y la exoneración fue concedida en junio. De principio a fin, el proceso judicial duró tres meses, un plazo extraordinariamente reducido para un procedimiento de esta naturaleza. El resultado: 14.757,11 euros de deuda privada completamente cancelada.
Ser víctima de una estafa no te condena a pagar para siempre
El caso de M.J.G.R. pone sobre la mesa una realidad que pocas personas conocen: ser víctima de una estafa no te exime automáticamente de la deuda contraída para financiarla. Pero sí existe un mecanismo legal para borrarla y empezar desde cero.
En Reclama Por Mí estamos orgullosos de haber acompañado a M.J.G.R. en este proceso. Si estás en una situación similar, independientemente de cómo se originó la deuda, en www.reclamapormi.com podemos estudiar tu caso sin compromiso. Solo cobramos si ganamos.

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