Cuando hablamos de la ley de la segunda oportunidad, es obligatorio hablar sobre la insolvencia. Estar en una situación de bancarrota es uno de los requisitos esenciales para poder aprovecharnos de las ventajas de la ley, y no es posible acceder de otra manera.
Aun así, algunas personas intentan conseguir una segunda oportunidad sin cumplir este requisito esencial. En vez de ser insolventes, intentan esconder bienes o transferirlos a familiares/amigos para aparentar insolvencia.
Con esta insolvencia ficticia, tienen la posibilidad de disfrutar de la cancelación de deudas y mantener a su vez algunos bienes que, de otra manera, deberían haber sido liquidados para cubrir la deuda.
Por supuesto, la insolvencia ficticia es ilegal, ya que mediante esta herramienta intentamos engañar tanto al juez como a nuestros acreedores. Pero, ¿qué ocurre si alguien comete este delito durante un proceso de segunda oportunidad? En este artículo vamos a dar respuesta a esta pregunta.
¡Empecemos!
Qué es la insolvencia punible
La insolvencia punible es un concepto jurídico que aborda las situaciones en las cuales una persona física o jurídica intenta demostrar que no tiene medios para pagar deudas cuando realmente si los tiene. Estos son algunos ejemplos de insolvencia punible:
- Un empresario que oculta bienes a sus acreedores con la finalidad de evitar el pago de sus deudas. Por ejemplo, simulando la pérdida de un vehículo y escondiéndolo en un lugar diferente a nuestra vivienda.
- Una empresa que enajena bienes a precios inferiores a su valor real para evitar que sean embargados por sus acreedores. Esto puede incluir empeñar bienes de gran valor durante un tiempo determinado.
Ahora bien, es difícil determinar qué se considera insolvencia punible exactamente. Para salir de dudas, es importante saber que este delito siempre contará con estas dos características:
- Dolo y Fraude: La insolvencia punible requiere que el deudor actúe con dolo, es decir, con conocimiento y voluntad de cometer una acción ilegal. Esto implica conductas fraudulentas destinadas a disminuir el patrimonio disponible para los acreedores.
- Perjuicio a Acreedores: La acción del deudor debe causar un perjuicio real a los acreedores. Esto significa que la insolvencia no debe ser simplemente el resultado de una mala gestión financiera o de circunstancias económicas adversas, sino que debe haber un componente activo y deliberado de perjudicar a los que tienen derechos sobre los activos del deudor.
Como podemos comprobar, ocultar bienes con mala fe se tipifica como delito durante un proceso de segunda oportunidad. Pero, si esto ocurre durante un proceso activo de LSO, ¿podremos seguir adelante con la cancelación de deudas y/o plan de pagos?
Consecuencias de insolvencia punible en segunda oportunidad
Uno de los requisitos para acceder a la ley de la segunda oportunidad es que el deudor no haya sido condenado por delitos contra el patrimonio o contra el orden socioeconómico en los últimos 10 años.
Por lo tanto, si nos declaran culpables por este delito no podremos acceder a la LSO. Y en caso de que nos hayan cancelado deuda y se descubra (hasta 5 años después) que hemos incurrido en insolvencia punible, la cancelación de deuda que nos otorgaron quedará sin efecto.
Pero esta no es la única consecuencia que tiene la insolvencia punible. Además, por este delito el deudor puede ser condenado a penas de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a veinticuatro meses.
El código penal también permite que el juez pueda imponer al condenado la prohibición de ejercer determinadas actividades profesionales o empresariales por un período de hasta seis años.
Resumiendo, la insolvencia punible nos pondrá en una situación muy complicada tanto a nivel económico como legal, por lo tanto es imprescindible ser honestos durante todo el procedimiento de segunda oportunidad y dar cuentas de todos los bienes que poseemos.
Recordamos que el uso de testaferros (cambiar el titular de nuestros bienes para evitar que sean embargados) también es una práctica ilegal y no debemos usarla en ninguna situación.
Si todavía tienes dudas sobre qué situaciones específicas son consideradas punibles, en el siguiente y último apartado expondremos las más comunes.
Ejemplos de insolvencia punible
Alzamiento de bienes: Ocultar, sustraer o distraer bienes propios con el fin de perjudicar a los acreedores.
Fraguamiento de convenios: Celebrar acuerdos ficticios con los acreedores para aparentar una situación económica que no corresponde a la realidad.
Simulación de operaciones: Realizar transacciones ficticias para aparentar una disminución de patrimonio o ingresos, con el propósito de evitar el pago de deudas.
Concursos punibles: Manipular fraudulentamente el proceso de concurso de acreedores, por ejemplo, proporcionando información falsa o realizando actos para perjudicar a los acreedores.
Manipulación contable: Falsear los estados financieros, balances u otros documentos contables con el fin de ocultar la verdadera situación económica.
Obstaculización de la acción de los acreedores: Dificultar o impedir de forma activa el ejercicio de los derechos de los acreedores, como retrasar la entrega de información relevante o la realización de actuaciones necesarias para la satisfacción de sus créditos.
En conclusión, en un proceso de segunda oportunidad tendremos que ser absolutamente transparentes para poder beneficiarnos de todas las ventajas que ofrece, y nunca intentar ser más listos que el juez o que nuestros acreedores.