28.516€ exonerados para una vecina de Madrid, con deuda pública incluida: ¿cómo una sentencia histórica del Tribunal Supremo cambió el resultado de este caso?

En nuestro despacho acabamos de cerrar un caso que tiene una doble relevancia: lo que significa para Kiara y lo que significa para cualquier persona que arrastraba deuda pública y creía que la Ley de Segunda Oportunidad no podía ayudarle. Hasta hace pocos meses, tenía razón. Ahora, ya no.

Cuando emprender sale mal

La protagonista, a quien llamaremos K.Y.F.D. por confidencialidad, tiene 35 años y trabaja como gerente en Madrid con un salario de aproximadamente 1.500 euros mensuales. Su situación arrancó con un intento de emprendimiento que no salió adelante. Como ocurre en muchos de estos casos, cuando el negocio no funcionó llegaron el desempleo, la reducción drástica de ingresos y la necesidad de recurrir a préstamos para mantenerse a flote.

Los intereses abusivos convirtieron una deuda manejable en una carga que su salario ya no podía absorber. Con una hija menor a cargo, en pleno proceso de divorcio y dependiendo también de una pensión alimenticia de 300 euros mensuales, el margen era prácticamente inexistente. El único bien a su nombre era el coche con el que se desplaza al trabajo cada día.

Una deuda que iba más allá de los bancos

Además de la deuda privada con entidades financieras, K.Y.F.D. acumulaba deuda pública con la Agencia Tributaria de Madrid en concepto de multas de tráfico. Hasta hace muy poco, ese tipo de deuda quedaba completamente fuera del alcance de la exoneración en los procedimientos de Segunda Oportunidad, lo que dejaba a muchos deudores liberados de sus compromisos privados pero aún atados a obligaciones con la Administración.

El cambio jurisprudencial que lo hizo posible

La sentencia del Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2026 modificó ese criterio de forma determinante. A partir de esa resolución, la exoneración puede alcanzar también a determinadas deudas públicas que anteriormente quedaban excluidas, incluidas las contraídas con diputaciones provinciales.

Aplicamos ese nuevo criterio jurisprudencial al caso de K.Y.F.D. y el juzgado lo aceptó: la deuda con la Diputación de Madrid quedó exonerada junto con el resto. Un resultado que hace pocos meses no habría sido posible, y que demuestra la importancia de construir cada caso con los argumentos más actualizados disponibles.

Ocho meses de principio a fin

La demanda se presentó en noviembre de 2025, fue admitida a trámite en febrero de 2026 y la exoneración fue concedida a finales de julio de 2026. Ocho meses para cancelar 28.516,57 euros entre compromisos privados y obligaciones con la Administración, sin que quedara nada pendiente.

Lo que este caso cambia para mucha gente

El caso de K.Y.F.D. es relevante más allá de su historia personal. Si arrastras deuda pública y creías que la Ley de Segunda Oportunidad no podía ayudarte, el criterio ha cambiado. Multas, deudas con diputaciones y determinadas obligaciones con la Administración pueden ahora quedar dentro del alcance de la exoneración.

En Reclama Por Mí estamos orgullosos de haber aplicado este cambio jurisprudencial en beneficio de Kiara y de seguir haciéndolo en cada caso donde sea posible. Si tienes deuda pública y no sabes si puedes acogerte a la ley, en www.reclamapormi.com podemos estudiar tu caso sin compromiso. Solo cobramos si ganamos.

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