En nuestro despacho acabamos de cerrar un caso que refleja una realidad que pocas veces se visibiliza, la de las personas que se endeudan no por gastar de más, sino por no poder fallarle a nadie. Y que además, en este caso, la victoria fue doble.
Un salario, dos países y ningún margen para el error
La protagonista, a quien llamaremos M.R.T.L. por confidencialidad, lleva años trabajando en el sector del hogar en Barcelona con un salario de 1.293 euros mensuales. Una cifra que, sobre el papel, podría parecer suficiente para una vida austera. Pero la realidad era otra: una hija conviviendo con ella en España, otra estudiando en República Dominicana, y una familia en el país de origen que en distintos momentos necesitó ayuda para hacer frente a gastos médicos y educativos.
Cuando los ingresos no alcanzan para todo y la inflación erosiona cada euro, el recurso habitual son los préstamos. Y cuando los préstamos se acumulan sin margen para devolverlos, los intereses hacen el resto. La deuda de M.R.T.L. no nació de un gasto caprichoso, sino del intento constante de sostener dos frentes a la vez con un solo sueldo.
Una demanda, dos expedientes, dos victorias
Presentamos la demanda de forma conjunta junto con la de su marido, al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad. Sin embargo, el juzgado decidió separar ambos concursos en dos expedientes independientes. Lejos de ser un obstáculo, nuestro equipo coordinó los dos procedimientos en todo momento, logrando que ambos cónyuges obtuvieran su exoneración de forma paralela.
El resultado fue doble: dos exoneraciones concedidas, dos historias de deuda cerradas, un único hogar que puede empezar de nuevo.
Seis meses de principio a fin
Los plazos fueron notablemente ágiles. La demanda se presentó en noviembre de 2025, fue admitida a trámite en enero de 2026 y la exoneración fue concedida en mayo de 2026. Seis meses para cancelar 18.159 euros de deuda privada acumulada durante años de esfuerzo por no dejar a nadie sin respuesta.
Aportamos toda la documentación necesaria para acreditar los elementos clave: buena fe, insolvencia real e imposibilidad objetiva de asumir la deuda con sus ingresos, teniendo en cuenta la doble carga económica que M.R.T.L. sostenía a ambos lados del Atlántico.
Una ley que no distingue origen, sino situación real
El caso de M.R.T.L. pone de manifiesto algo que muchas familias migrantes en España desconocen: la Ley de Segunda Oportunidad no evalúa de dónde vienes ni cómo se originó la deuda. Lo que evalúa es la situación real de insolvencia. Y cuando esa situación existe, existe también una salida legal.
En Reclama Por Mí estamos orgullosos de haber acompañado a Martha y a su marido en este proceso. Si estás sosteniendo más de lo que puedes con un solo salario y las deudas ya no dan más de sí, en www.reclamapormi.com podemos estudiar tu caso sin compromiso. Solo cobramos si ganamos.

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