Si estás pasando por un concurso de acreedores, la idea es alcanzar un acuerdo que permita salir adelante. La deuda post-concursal va a afectar a tu economía, porque define qué deudas siguen vivas y cuáles terminan con el proceso. Así que vamos a contarte lo que necesitas saber sobre el tema para ganar tranquilidad.
Índice
¿Qué va a considerarse deuda post-concursal?
Como decíamos, si después de declararse el concurso aparece una nueva obligación económica, esta sería deuda post-concursal.
Esto hay que tenerlo en cuenta, porque no se gestiona con las mismas reglas que la masa pasiva que forma parte del proceso. Y esto es importante, porque si bien la deuda previa está sujeta a acuerdos, la post-concursal hay que pagarla íntegramente.
¿Por qué podrías generar deuda post-concursal?
La deuda post-concursal aparece por tres motivos principales:
- Nuevas obligaciones asumidas voluntariamente, como préstamos, cuotas de autónomos, créditos o servicios contratados.
- Gastos necesarios para la actividad tras el concurso, como suministros, alquileres, pagos pendientes o pagos profesionales.
- Deudas generadas por incumplimientos después de la declaración de concurso, como un pago que debías hacer y no realizaste.
Lo relevante es que estas deudas no pueden acogerse a los beneficios ni a los acuerdos del procedimiento concursal, porque nacieron cuando el deudor ya estaba en proceso de reorganización. La deuda post-concursal suele ser más difícil de combatir. No se discute su origen dentro del concurso y requiere un análisis caso por caso.

¿Qué ocurre con la deuda post-concursal si has obtenido la exoneración?
La Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) permite borrar gran parte de las deudas previas al concurso. Sin embargo, la ley es muy clara en un punto: la EPI no afecta a la deuda post-concursal.
Esto implica que, aunque te hayan perdonado miles de euros de deudas antiguas, sigues obligado a pagar todo lo que hayas generado después. Las entidades, administraciones o tus proveedores pueden reclamarla por vía ordinaria.
¿Puede reclamarse judicialmente la deuda post-concursal?
Sí. De hecho, es habitual. Cuando un acreedor detecta impagos posteriores al concurso, puede iniciar:
- Una reclamación extrajudicial.
- Un juicio monitorio.
- Una ejecución si ya existe título válido.
Si recibes una demanda por una deuda post-concursal, conviene actuar rápido. Muchos consumidores dejan pasar los plazos y el juzgado dicta un decreto de ejecución que puede acabar en embargos.
Una deuda post-concursal también puede acabar inscrita en ficheros como el registro de impagados judiciales si no se responde a tiempo. Esto puede bloquear tu acceso al crédito, igual que ocurre con impagos de préstamos o deudas de consumo.
¿La deuda post-concursal puede renegociarse?
En muchos casos sí, pero es una negociación privada. El concurso ya no protege al deudor respecto a esta obligación, de modo que:
- El acreedor puede exigir el pago íntegro.
- Puede negarse a aplicar quitas.
- O reclamar judicialmente de forma inmediata.
La negociación suele ser más efectiva cuando el deudor demuestra capacidad limitada de pago o aporta documentación que justifique su situación. Por ejemplo, movimientos bancarios, declaraciones de impuestos o certificados fiscales como el de imputaciones. Puedes consultar más sobre el certificado de imputaciones de Hacienda si es tu caso.

¿Qué pasa si la deuda post-concursal es abusiva?
Aunque no forme parte del concurso, una deuda post-concursal puede impugnarse si es abusiva o si el contrato no cumple con los requisitos de transparencia.
Esto ocurre, por ejemplo, cuando:
- Un préstamo tiene intereses muy superiores al mercado.
- El contrato incluye cláusulas opacas o costos ocultos.
- Es un producto usurario.
En estos casos, aunque sea post-concursal, el deudor puede reclamar la nulidad y eliminar los intereses. Se trata de una reclamación independiente del concurso, basada en la defensa del consumidor. En la práctica, muchas personas que han pasado por un concurso desconocen que pueden reclamar ese tipo de productos financieros. En la tensión del momento, es difícil tomar este tipo de decisiones. Pero es importante mantener la cabeza fría en todo el proceso.
La deuda post-concursal no se perdona: revísala y actúa a tiempo
La deuda post-concursal sigue viva incluso después de una exoneración o de un acuerdo aprobado por el juzgado. Entender qué obligaciones entran en esta categoría y cómo actuar puede evitar embargos y hasta procedimientos judiciales.
Si tienes dudas sobre una deuda que te están reclamando después del concurso, revísala cuanto antes. Muchas personas descubren que parte de esa deuda puede impugnarse o renegociarse. Así que, ante la duda, contacta con nuestro equipo y te asesoramos.

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