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Sentencia contra Cetelem por usura de la tarjeta revolving: Juzgado de 1º Instancia Nº 3 de León

El Juzgado de 1º Instancia Nº 3 de León ha declarado nulo el contrato de una tarjeta revolving que mantenía el leonés P.G.G con la entidad Banco Cetelem al considerar que los intereses aplicados son usurarios.

Una resolución en la que el Juzgado declara nulo dicho contrato y obliga a la entidad a devolver al afectado todo lo abonado de más del crédito inicial, en concepto de intereses. En concreto, Banco Cetelem deberá devolver al afectado un total de 17.709 euros.

Los intereses aplicados en dicha tarjeta revolving, que P.G.G. contrató en 2002, han sido calificados de “usuarios” en la sentencia, que se acoge a la Ley de usura, también conocida como ley de Azcárate, de 1908. En el caso de la tarjeta revolving contratada por este vecino de León el TAE aplicado era, concretamente, del 24,6%, un interés notablemente superior al normal del dinero.

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