Reclamar una factura de luz o gas natural es una gestión que todo cliente puede realizar si no está de acuerdo con su recibo.
El procedimiento para interponer este recurso dependerá del motivo: lectura estimada excesiva, desacuerdo con el importe, consumo excesivo, descuentos no aplicados, avería en la instalación eléctrica, servicios adicionales no contratados, e incluso, deuda del anterior titular.
En este artículo, desde selectra.es expertos en la gestión de suministros del hogar, te proporcionamos una guía para reclamar una factura de luz, las alternativas en caso de fallo de la comercializadora, y solucionamos una duda muy común: ¿cuándo prescribe la deuda?
Pasos a seguir para reclamar una factura de luz
Antes de iniciar la reclamación, es importante realizar una serie de comprobaciones:
Verificar que el contador de luz y gas funciona correctamente.
Comprobar que la lectura proporcionada por el contador es correcta.
Asegurarse que no hay deudas pendientes en el suministro.
Estimar el consumo de los electrodomésticos o la incorporación de nuevos aparatos que puedan consumir más electricidad.
A continuación, el usuario deberá de presentar la reclamación al servicio de atención al cliente por escrito, ya sea mediante una carta certificada con acuse de recibo o mediante el formulario online de la comercializadora habilitado para ello. Es importante saber que, la empresa deberá de proporcionar un número de referencia y un justificante de la reclamación, además, de responder en un plazo máximo de 30 días.
Si no se produce respuesta, o esta es negativa, el cliente podrá acudir a los siguientes organismos competentes:
La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) informará y mediará entre el cliente y la comercializadora, con una resolución en un plazo máximo de 6 meses.
El Sistema Arbitral de Consumo es un servicio público gratuito que resuelve problemas que no han sido resueltos a través de la OMIC. Ambas partes deben acceder voluntariamente y la resolución es de obligado cumplimiento.
Cuándo prescribe una factura de luz
Una factura de luz tiene un período de prescripción, lo que significa que después de un cierto tiempo, la comercializadora ya no puede reclamar su pago.
Conocer el período de prescripción es crucial para los consumidores, ya que les proporciona una defensa legal en caso de reclamaciones tardías por parte de la empresa suministradora.
Aquí surge la controversia, ya que el Código Civil no es unánime en cuanto a si se debe aplicar el plazo de prescripción de cinco años (artículo 1966.3) o el de tres años (artículo 1967.4). No obstante, la mayoría de las sentencias se inclinan por la aplicación de este último.
La SAP de Madrid, n.º 248/2017, de 27 de julio, opta por aplicar el plazo de prescripción de tres años, basándose en los siguientes argumentos:
- La naturaleza del contrato de suministro se asemeja más a un contrato de compraventa, es decir, efectúa una prestación periódica o continua a cambio de un precio.
- Cada factura genera una obligación de pago concreta y diferenciada con cada entrega del suministro, por tanto, no se puede considerar que el pago del principal sea periódico.
- El Tribunal Supremo, en diversas sentencias, ha respaldado la aplicación de las normas de la compraventa al contrato de suministro en materia de prescripción.
¿Cuándo prescribe una deuda con Endesa? Para particulares, la factura de luz de Endesa prescribe a los 3 años, mientras que para empresas el plazo se extiende a 5 años.
¿Cuándo prescribe una deuda con Iberdrola? Al igual que ocurre con el resto de compañías, la respuesta depende de la interpretación del juez, pudiéndose considerar el plazo de 3 años para particulares o 5 años para empresas.