Barrido de cuentas por embargo

¿Qué son los barridos a las cuentas por embargo?

Si tienes una deuda y te preocupa que te embarguen la cuenta bancaria, es normal que quieras saber cuándo podrían retirar el dinero. 

Los barridos de cuentas son el proceso mediante el cual los acreedores, por orden judicial o administrativa, bloquean y retiran fondos para saldar deudas. Pero, ¿hay días específicos para estos barridos? 

En este artículo te explicaremos cómo funcionan los barridos, cuándo suelen ocurrir y qué puedes hacer para protegerte. 

¡Empecemos!

¿Qué es un barrido de cuentas?

Como mencionamos en la introducción, un barrido de cuenta es la acción de bloquear y retirar dinero de una cuenta bancaria para pagar una deuda, ordenada por un juez (embargo judicial) o una administración pública como Hacienda o la Seguridad Social (embargo administrativo). 

Este proceso se realiza telemáticamente a través del Punto Neutro Judicial, una plataforma gestionada por el Consejo General del Poder Judicial que permite a los juzgados y administraciones acceder a las cuentas de los deudores en todos los bancos de España.

Cuando se dicta un embargo, el banco recibe una notificación para retener el saldo necesario, hasta el monto de la deuda. El dinero queda bloqueado, y luego se transfiere al acreedor o a una cuenta judicial. 

La entidad debe avisarte de inmediato, según las buenas prácticas del Banco de España, para que puedas reclamar si hay errores. Cada barrido suele durar 24 horas, pero puede repetirse si la deuda no se salda.

No todo el dinero es embargable. El artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil protege el salario mínimo interprofesional (1.134 euros al mes en 2025, en 14 pagas), y solo se embarga un porcentaje de los ingresos superiores, salvo en casos de pensiones alimenticias, donde no aplica este límite.

mujer revisando su cuenta bancaria tras un barrido de cuenta por un embargo

¿Cuándo se realizan los barridos de cuentas?

La fecha de los barridos varía según el tipo de embargo, y en muchos casos no se puede anticipar. Te lo explicamos con las siguientes diferencias:

  • Embargos judiciales: Estos son ordenados por un juez tras un proceso legal, como el impago de un préstamo o una deuda reconocida en un juicio. Los barridos judiciales son imprevisibles y pueden ocurrir cualquier día hábil. No hay calendario establecido porque están sujetos a la disposición del despacho del juzgado. Esto los vuelve más difíciles de anticipar, y se puede rehusar el dinero en cualquier momento si se cuenta con saldo disponible.
  • Embargos administrativos: Hacienda, la Seguridad Social u otras administraciones públicas pueden embargar sin intervención judicial por deudas como impuestos o multas. Estos barridos suelen programarse para el día 5 o el 20 de cada mes, aunque no es una regla absoluta y pueden ocurrir en otras fechas. Por ejemplo, Hacienda tiene acceso al sistema CIRBE para consultar saldos en tiempo real, lo que les permite actuar rápidamente.
  • Frecuencia de los barridos: Los barridos administrativos tienen una frecuencia de una vez al mes, mientras que los judiciales pueden ocurrir con menos frecuencia, a discreción del juez. Los bancos, para deudas financieras, tienen la tendencia de barrer cada trimestre, y los acreedores privados, cada año. Pero si existe saldo disponible, los barridos se pueden dar dos, tres veces al mes hasta cancelar la deuda.

Es importante destacar que, aunque los días 5 y 20 son comunes para embargos administrativos, las administraciones no están obligadas a seguir este calendario, y los barridos pueden suceder en cualquier momento.

¿Qué puedes hacer para protegerte o reclamar?

Si tienes temor a un embargo o ya te han barrido la cuenta, existen medidas que puedes seguir para proteger tus finanzas y reclamar si el trámite ha sido arbitrario. Aquí tienes algunas alternativas:

  1. Revisa la notificación: El banco debe informarte del embargo, indicando la cantidad, el acreedor y cómo contactarlo. Si no recibiste notificación previa, tus derechos podrían haber sido vulnerados, y puedes reclamar. Tienes 10 días para oponerte al embargo administrativo, presentando alegaciones ante la administración correspondiente.
  2. Protege el SMI: Si el dinero en tu cuenta proviene de una nómina o pensión, asegúrate de que no embarguen por debajo del salario mínimo interprofesional. Si esto ocurre, presenta una queja ante el banco o la administración, aportando extractos bancarios que demuestren el origen de los fondos.
  3. Evita depositar ingresos en cuentas embargadas: Cualquier ingreso depositado en una cuenta embargada puede ser confiscado, a menos que sea inembargable (como el SMI correspondiente al mes). Habla con tu banco para gestionar tus ingresos, pero lee la orden de embargo porque algunas no admiten la apertura de nuevas cuentas.
  4. Explora la Ley de Segunda Oportunidad: Si tus deudas son insostenibles, esta ley permite cancelarlas o establecer un plan de pagos, suspendiendo embargos. En Reclama Por Mí, hemos ayudado a cientos de clientes a acogerse a esta ley Contáctanos para una consulta gratuita; trabajamos a éxito, cobrando solo si ganamos.

Si el barrido fue indebido (por ejemplo, embargaron una cuenta conjunta que no te pertenece o superaron los límites legales), puedes presentar un recurso de reposición en un mes y recuperar lo que te han quitado de más.

En resumen, los barridos de cuentas por embargos judiciales son impredecibles y pueden ocurrir cualquier día, mientras que los administrativos suelen programarse para los días 5 o 20 del mes, aunque no exclusivamente.

Y si esos embargos te suponen una carga financiera que te están llevando a la insolvencia, tal vez puedas acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad y cancelar la totalidad o parte de esas deudas para comenzar de nuevo.

¿No puedes afrontar tus deudas? Te ayudamos.

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Autor del artículo

Titulación y experiencia

  • Responsable de departamento Ley de Segunda Oportunidad
  • 3 años de experiencia en la Ley de Segunda Oportunidad
  • Técnico superior en finanzas y administración

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