Qué es un testamento y por qué hacerlo con un abogado especializado

¿Qué es un testamento?

Es una declaración voluntaria de una persona en la que expresa qué hacer con sus bienes después de su muerte.

Jurídicamente se refiere al acto por el cual una persona dispone de todos sus bienes o parte de ellos para ser distribuidos después de su muerte.

Es un documento revocable, sencillo y con un coste asequible, que tiene gran importancia, puesto que evita numerosos problemas en el futuro y ofrece tranquilidad para los familiares y herederos.

¿Por qué hacer un testamento con un abogado?

Es sabido que las herencias pueden provocar problemas familiares importantes

Cuando se produce el fallecimiento de una persona, los familiares tienen que gestionar la herencia y una de las principales cuestiones que se deberán plantear es si aceptarla o no. Aceptar una herencia con deudas, por ejemplo, es una práctica bastante habitual debido al desconocimiento. Cuando una persona pasa a ser heredera de otra que ha fallecido y que tenía algunos adeudos sin abonar, el legatario no solo recibe los bienes y beneficios, sino que también debe responder de las obligaciones del mismo modo que si las hubiera contraído por su cuenta. Para entenderlo mejor, pondremos un ejemplo. Imaginemos que una persona tiene dos tarjetas revolving Platinum y está en mitad de dos reclamaciones contra Bankintercard. Sin embargo el afectado, en mitad del proceso fallece. En este caso, la deuda y los trámites de la reclamación pasan a ser del heredero. En este caso, su mujer, que desconocía la deuda que tenía su marido. Antes de fallecer, el fallecido redactó de forma clara y detallada en el testamento las procesos de las dos reclamaciones de bankintercard platinum. De esta forma, su mujer descubrió la deuda y pudo estar al tanto de las deudas de su marido.

Una redacción adecuada y un análisis de todas las posibles consecuencias legales es esencial para que los herederos sepan de forma clara qué heredan. De manera que no pueda haber ningún conflicto o disputa tras el fallecimiento.

Aunque un testamento puede realizarse directamente ante notario y este está cualificado para redactarlo, el asesoramiento con un abogado es altamente recomendable.

En Reclama Por Mí asesoramos a nuestros clientes para minimizar cualquier conflicto posterior. Tener la seguridad de tener todo bien atado vale la pena.

Qué ocurre si no se hace testamento

El primer problema que se plantea si alguien muere sin haber hecho testamento es qué sucede con su herencia. A diferencia de lo que alguna gente cree, ni se pierde la herencia, ni se la queda completamente el Estado. Lo que pasa es que en este caso, como el fallecido no ha establecido quiénes son sus herederos, será la ley la que los nombre, siguiendo un orden de parentesco.

Quiénes son los herederos si no se realiza un testamento

Si el fallecido tiene hijos, su herencia se divide entre todos ellos a partes iguales.
Si alguno de los hijos ha muerto antes que el padre, hay que diferenciar:Si este hijo tenía a su vez descendencia, les corresponde a éstos por partes iguales lo que le tocara a su padre o madre. Si el hijo fallecido no tenía descendencia, la herencia se divide sólo entre los hijos que estén vivos a la muerte del padre o madre.

Si el fallecido estaba casado, a su cónyuge le corresponde sólo el usufructo de un tercio de la herencia. Además, como es natural, le corresponde la mitad de los bienes que sean gananciales, porque esos bienes son ya en vida de los dos, a partes iguales.

Si no tiene hijos, el orden es el siguiente: A sus padres, por partes iguales si viven los dos, o si sólo vive uno, todo a él. Si no hay padres pero sí abuelos o ascendientes más lejanos, a éstos. En este caso al viudo le corresponde el usufructo de la mitad de la herencia. Si no viven sus padres ni tiene ascendientes de ningún tipo, el viudo o viuda será el único heredero. Si no viven sus padres ni tiene cónyuge en el momento de su muerte: a sus hermanos e hijos de sus hermanos, y a falta de éstos a sus tíos, y si no tiene hermanos ni tíos, a sus primos carnales, sobrinos-nietos y tíos-abuelos, si le han sobrevivido. Sólo si no tiene ninguno de los parientes antes citados, en definitiva, si muere sin testamento y sin parientes, hereda el Estado.

Clases de testamento: qué se necesita para hacerlo

El testamento ológrafo:

es un testamento que hace el testador por sí solo escribiéndolo de su puño y letra, con expresión del año, mes y día en que se hace. La falta de cualquiera de estos requisitos o de la firma del testador lo hace nulo.

Este tipo de testamento presenta una serie de problemas: por un lado, la falta de asesoramiento técnico hace que sea frecuente la nulidad de estos testamentos. Por otro, suele provocar discusiones sobre la capacidad que tenía el testador al hacerlo. Además, fallecido el testador, los herederos tienen que seguir un complejo procedimiento para comprobar la autenticidad del testamento y protocolizarlo, lo que hace todo el proceso complicado y más caro para ellos.

Por otra parte, es fácil que el testamento se pierda o que algún pariente no favorecido pudiera encontrarlo y destruirlo, siendo casi imposible para los otros herederos probar que existía. En cualquier caso, el testamento ológrafo puede resultar útil en casos excepcionales de urgencia o situaciones de riesgo. A la hora de hacer un testamento ológrafo hay que recordar que debe estar escrito en su totalidad por el testador de puño y letra, y firmado por él, y debe ponerse la fecha (año, mes y día). Las palabras tachadas, enmendadas o entre renglones las debe salvar el testador bajo su firma.

El testamento abierto notarial:

es casi el único testamento que se hace hoy en día por sus enormes ventajas frente a los otros. Se trata de hacer constar la última voluntad, en escritura pública ante notario, pudiendo beneficiarse el testador de su asesoramiento y consejo, y de la seguridad de que las cláusulas del testamento estarán dentro de la legalidad. El notario informa y asesora al testador de las diversas formas en que puede disponer de sus bienes y cómo conseguir lo que quiere. Las posibilidades que ofrece el Derecho son muchas y el notario siempre aconsejará sobre cómo conseguirlas y podrá informar también de las consecuencias fiscales, siempre dentro de la más estricta confidencialidad.

La intervención del notario, como experto que redacta el testamento, garantiza que se cumplen todas las formalidades legales y que el contenido del testamento sea ajustado a Derecho, especialmente que se respeten las legítimas a las que luego se hace referencia. Además, el notario se encarga de la conservación del testamento (puesto que el original queda en su poder y lo que se entrega al testador es sólo una copia) y se consigue, a través del Registro General de últimas voluntades, que se sepa cuál fue el último testamento a la muerte del testador, manteniéndose durante la vida de éste la más absoluta garantía de secreto y confidencialidad en cuanto a la existencia del testamento y en cuanto a su contenido.

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