¿Puede un menor de edad heredar una deuda? 

Es muy típico que, en medio de la tragedia de una pérdida, haya un duelo por encima: pagos pendientes. Ante esto, la pregunta es obligada: ¿puede un menor de edad heredar una deuda?

Aunque la respuesta sea sí, la realidad es que existen suficientes mecanismos legales para evitar que un joven se vea en esta situación.

El mecanismo de protección: la aceptación a beneficio de inventario

De entrada la ley establece que el menor no va a poder decidir si acepta o rechaza una herencia, con independencia de las cargas, sino que eso será algo que deban establecer sus padres o quienes sean los tutores legales. De hecho, el Código Civil establece una protección automática: las herencias aceptadas por los representantes de un menor se entienden siempre aceptadas a beneficio de inventario

Aceptar una herencia a beneficio de inventario significa que las deudas del fallecido se pagan exclusivamente con los bienes de la propia herencia. El patrimonio personal del menor queda totalmente blindado. El menor nunca responderá por cantidades restantes con sus ahorros futuros o sus propios bienes.

Es fundamental entender que esta protección no es una “cancelación” de la deuda, sino una limitación de la responsabilidad. El problema surge cuando los tutores no gestionan correctamente los plazos o los activos del inventario. Los acreedores sí suelen presionar para que se cubran los pagos, pero eso no quiere decir que haya que hacerlos.

¿Qué ocurre con las deudas de tarjetas y préstamos rápidos?

Si el fallecido tenía contratados productos e incluso tarjetas con intereses abusivos que la familia desconocía estamos ante otro problema. Al fallecer el titular, la entidad financiera intentará cobrar el saldo pendiente de la herencia. Aquí es donde la protección del menor se cruza con el derecho al consumo. Si la deuda es nula por falta de transparencia o usura, los tutores legales tienen la obligación de impugnarla para proteger el patrimonio del heredero.

Si el menor hereda una vivienda con una hipoteca y deudas de tarjetas, los acreedores intentarán ejecutar el embargo de la casa. En este punto, la familia se enfrenta a un dilema: pagar deudas abusivas para salvar el inmueble o dejarlo ir. 

Si la situación de la herencia es de insolvencia absoluta y el menor es ya mayor de edad pero arrastra las consecuencias de una mala gestión anterior, la Ley de Segunda Oportunidad va a ser una herramienta de rescate. Esta ley permite cancelar deudas que se han vuelto insoportables, permitiendo que el joven empiece su vida adulta sin lastres que no le corresponden.

La importancia de la renuncia ante notario

Si es evidente que el fallecido solo deja deudas y ningún bien de valor, la opción más lógica es la renuncia pura y simple. Eso sí, para un menor esto requiere permiso judicial. Una vez obtenido, se formaliza ante notario. Esta acción rompe cualquier vínculo entre el menor y los acreedores, impidiendo que su nombre aparezca en por deudas de terceros.

¿Cómo actuar si el menor ya ha recibido una notificación de embargo?

Si el juzgado envía una notificación a nombre de un menor por deudas de una herencia, es señal de que algo en el proceso de aceptación o beneficio de inventario no se ha comunicado correctamente. Ojo porque los errores administrativos son frecuentes y los acreedores suelen disparar contra todos los herederos sin comprobar su edad o condiciones de aceptación.

En estos casos, la oposición judicial es obligatoria. Se debe acreditar ante el juez la condición de menor y la aceptación a beneficio de inventario para paralizar cualquier ejecución. No se debe permitir que un auto judicial de embargo prospere contra los bienes de un menor cuando la ley lo protege explícitamente. La rapidez en la respuesta es lo que evita que el daño pase de los papeles a la cuenta bancaria.

A veces, la familia intenta solucionar el problema pidiendo una a nombre de los tutores para pagar lo del fallecido. Este es un error grave: se está transformando una deuda limitada a la herencia en una deuda personal de los padres. Antes de dar ese paso, es fundamental que un analice si es mejor dejar caer la herencia o pelear la nulidad de los créditos.

Si te encuentras en medio de una sucesión complicada y temes que las deudas superen a los bienes, no tomes decisiones sin asesoramiento. Te invitamos a contactar para que estudiemos el caso de forma pormenorizada. Analizaremos los contratos del fallecido y te ayudaremos a gestionar la herencia para que el menor reciba lo que le corresponde, sin deuda que no debería cargar.

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