31.817€ exonerados para un vecino de Tarragona que pagó las deudas de su exesposa… y ganó incluso cuando la Administración se opuso

En nuestro despacho acabamos de cerrar uno de esos casos que recuerdan por qué esta ley existe, no solo para quien se endeudó por encima de sus posibilidades, sino también para quien acaba pagando las consecuencias de haber confiado en la persona equivocada.

Un aval de buena fe que se convirtió en una trampa

El protagonista, al que llamaremos S.P.G. por confidencialidad, es vecino de Tarragona, jubilado, con una pensión de 1.190 euros mensuales y sin bienes a su nombre. Años atrás, antes de regresar temporalmente a Argentina, había avalado varios préstamos a nombre de su entonces esposa en España. Una decisión tomada de buena fe, sin imaginar lo que vendría después.

Cuando volvió, la situación era otra, ella había dejado de pagar. Y toda la deuda, sin previo aviso, había recaído sobre él. El único activo que figuraba a su nombre era un vehículo en cotitularidad con su ex, del que ella tenía la posesión desde hacía tiempo. Sin ingresos suficientes, sin patrimonio real y sin nadie a su cargo, no había forma humana de hacer frente a una deuda que él nunca había generado.

El proceso, y un obstáculo inesperado

Iniciamos el procedimiento al amparo de la Ley de Segunda Oportunidad, aportando toda la documentación necesaria para acreditar la buena fe, la insolvencia real y el origen de la deuda. Todo apuntaba a una resolución favorable, hasta que la Diputación de Tarragona presentó alegaciones oponiéndose a la exoneración de 3.229,61 euros correspondientes a su deuda con el organismo. El juez, en un primer momento, les dio la razón.

Recurrimos, y el juez cambió de postura

Nuestro equipo no se rindió. Interpusimos un recurso de reposición contra el auto, argumentando el cambio de criterio jurisprudencial introducido por la sentencia del Tribunal Supremo 264/2026, de 18 de febrero. El juez revisó su resolución y rectificó: S.P.G. quedaría exonerado de la totalidad de su deuda, incluida la parte que la Diputación había intentado blindar.

31.817€ cancelados en su totalidad

El resultado final ha sido la exoneración completa de 31.817,71 euros, una cantidad que, con una pensión de 1.190 euros, nunca habría podido asumir y que llevaba años hipotecando su tranquilidad desde el día en que puso un pie de nuevo en España.

Cuando la Administración se opone, también hay salida

Este caso demuestra dos cosas. Primera, que la Ley de Segunda Oportunidad protege también a quienes cargan con deudas ajenas por haber actuado de buena fe. Segunda, que cuando la Administración presenta oposición, el proceso no termina ahí: hay herramientas legales para seguir peleando, y los resultados lo demuestran.

En Reclama Por Mí estamos orgullosos de no habernos rendido en este caso. Si estás atrapado en una situación de deuda que sientes que no es justa o que no puedes asumir, podemos estudiar tu caso sin compromiso. Solo cobramos si ganamos.

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