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Reclamación de vuelos
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TUS DERECHOS COMO PASAJERO DE UN VUELO

 

Cancelación de Vuelo

Por una cancelación de vuelo el pasajero debe ser indemnizado por la aerolínea por el vuelo cancelado con:

250-600€ 

 

1 - Derechos de cancelación de vuelo por el reglamento 261/2004 de la U.E

 

Ante una cancelación de vuelo tendrá derecho a recibir una indemnización en función de la distancia del vuelo en kilómetros:

DISTANCIA VUELO EN KILÓMETROS

De 0 a 1.500km: 

250€

De 1.500 a 3.500km: 

400€

+ 3.500km: 

Intracomunitarios: 400€

Extracomunitarios: 600€

 

 

La aerolínea deberá reembolsar o dar un transporte alternativo por la cancelación de vuelo:

 

1- Reembolsará en 7 días el precio del billete al que se compró

 

2- Conducirá hasta el destino, con la mayor premura, en ese día u otro que convenga al pasajero, atendiendo a los asientos de los que disponga la aerolínea.

 

3- Si existe un aeropuerto cercano, el transportista aéreo correrá con los gastos de transporte derivados del cliente hasta el aeropuerto para el que efectuó el vuelo o hasta un lugar convenido con el cliente.

 

4- La compañía aérea ofrecerá un impreso con  normativa de compensaciones y asistencia para el pasajero.

 

5- La compañia aérea ofrecerá comida y bebida, y 2 llamadas telefónicas si el pasajero lo solicita.

 

6- La aerolínea informará de la posibilidad de transportes alternativos.

 

 

 

Sin embargo, no existirá derecho a indemnización:

 

1- Si se informa de la cancelación de vuelo con dos semanas de antelación.
2- Si se informa al pasajero de la cancelación del vuelo entre 2 semanas y 7 días previos a la salida del vuelo y el nuevo vuelo ofrecido por la compañía sale con 2 horas de antelación cómo máximo respecto a la hora prevista de salida y llega al destino final con menos de 4 horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.
3- Si se informa al pasajero de la cancelación del vuelo el mismo día de su salida o con menos de 7 días de antelación a la misma y el nuevo vuelo ofrecido por la compañía sale con 1 hora de antelación cómo máximo al previsto originalmente y llega a su destino final con menos de 2 horas de retraso al previsto.
4- Si la compañía ofrece un transporte alternativo y el pasajero llega a tu destino final con menos de 3 horas de retraso sobre la hora de llegada prevista.

 

* No obstante, pueden haberse producido daños y perjuicios que provoquen que el vuelo ya no tenga sentido y pueda exigirse compensaciones.

 

 

2- Derechos por una cancelación de vuelo por el Convenio de Montreal

* Corresponde a las aerolíneas que NO son de la UE y a los vuelos cancelados que NO despegan de un país de la UE.

Las compensaciones  económicas automáticas por circunstancias objetivas no existen por el Convenio de Montreal. Las compensaciones se deducen del daño moral para el pasajero y se debe justificar y probar por ser de naturaleza subjetiva.

 

En este sentido, y ante una posible demanda, un retraso de vuelo o una cancelación de vuelo se tratan de forma similar. Deberá justificarse el daño o perjuicio. Será el juez el que establecerá la indemnización basándose en la demanda presentada.

 

Las indemnizaciones según este Convenio conseguidas por Reclamación de Vuelos ante un vuelo cancelado se asemejan a las del reglamento de la UE que oscilan entre 250-600€.

En caso de una cancelación de vuelo en el transporte de pasajeros, la aerolínea será responsable del daño, salvo que haya tomado todas las posibles medidas preventivas para evitarlo.

La responsabilidad por la cancelación en el transporte de pasajeros está limitada a 4694 DEG (Derecho especial de Giro).

1 DEG= 1.216€ ; Por lo que lo máximo que se puede llegar a pedir es: 5.708€ por billete.

 


 

Retraso vuelo

 

Por un retraso en vuelo de más de 3 horas hasta el destino final, el pasajero debe ser indemnizado por la aerolínea por el vuelo retrasado con:

 

250-600€ 

 

 

1- Derechos por un retraso de vuelo según el reglamento 261/2004 de la U.E

 

Si el vuelo se retrasa más de 2 horas, pero menos de 3 horas:

 

- La aerolínea deberá ofrecerle un impreso con las normas de compensación y asistencia. 

 

- La compañía debe ofrecerle comida y bebida para la espera así como dos llamadas telefónicas si fuera necesario.

 

- No tendrá derecho a una compensación económica directa.

 

 

Si el vuelo se retrasa más de 3 horas tendrá derecho a percibir una indemnización que se calcula según el reglamento 261/2004 de la U.E:

DISTANCIA VUELO EN KILÓMETROS

De 0 a 1.500km: 

250€

De 1.500 a 3.500km: 

400€

+ 3.500km: 

Intracomunitarios: 400€

Extracomunitarios: 600€


Y además el pasajero tiene derecho al reembolso o a un transporte alternativo:

 

1- Reembolso en 7 días del coste íntegro del billete en el precio al que se compró, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y a la parte o partes del viaje efectuadas.

 

2- Conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible y de no ser posible en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles.

 

3- En el caso de las ciudades o regiones en las que existan varios aeropuertos, el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo que ofrezca al pasajero un vuelo a otro aeropuerto distinto de aquel para el que se efectuó la reserva deberá correr con los gastos de transporte del pasajero desde ese segundo aeropuerto, bien hasta el aeropuerto para el que efectuó la reserva, bien hasta otro lugar cercano convenido con el pasajero.


 

 

 

2- Derechos por un retraso de vuelo según el Convenio de Montreal

El Convenio de Montreal, no establece compensaciones automáticas en función de circunstancias objetivas, sino que lo hace por un daño moral que debemos justificar y probar al ser de naturaleza subjetiva.

 

A efectos legales, por tanto, un retraso de vuelo o una cancelación de vuelo son similares ya que ambos perjudican al pasajero.

Las reclamaciones de vuelo deben justificar un daño o perjuicio y salvo que la aerolínea acepte extrajudicialmente el pago de la indemnización, deberemos atenernos al criterio de un juez que establecerá la indemnización que estime oportuna.

Las compensaciones economicas según este reglamento conseguidas por Reclamación de Vuelos son similares al reglamento de la UE y oscilan entre 250-600€.

La responsabilidad por un retraso en el transporte se limita a 4.694 DEG (Derecho especial de Giro).

1 DEG es igual1.216€; Lo máximo que se puede llegar a indemnizar es: 5.708€ por billete.

 

Overbooking en vuelo

 

Por una Overbooking en vuelo el pasajero debe ser indemnizado por la aerolínea con:

250-600€ 

 

1 - Derechos por overbooking en un vuelo según el reglamento 261/2004 de la U.E

Si se ve afectado por un overbooking tendrá derecho a recibir una indemnización en función de la distancia del vuelo en kilómetros:

 

DISTANCIA VUELO EN KILÓMETROS

De 0 a 1.500km: 

250€

De 1.500 a 3.500km: 

400€

+ 3.500km: 

Intracomunitarios: 400€

Extracomunitarios: 600€

 

Obligaciones de la aerolínea aérea por un vuelo con Overbooking 

- El reembolso antes de 7 días del coste correspondiente a la parte del trayecto no realizada, además de un vuelo gratuito que lleve al pasajero al punto originario de partida.

Reembolso antes de 7 días del coste correspondiente a todo el viaje que ha sido afectado por el overbooking, cuando el trayecto ya no tenga razón de ser debido a esta incidencia, además de, cuando se requiera, un vuelo gratuito al punto originario de partida.

- Traslado del pasajero al destino final, en unas condiciones que se asemejen a las originales, bien lo antes posible o bien en la fecha que convenga al pasajero. Es importante saber que, en caso de acuerdo con la aerolínea, el cliente pierde el derecho a una reclamación posterior.

 


Son muchos los casos en los que las compañías aéreas venden más billetes de los que son capaces de transportar en un vuelo. Con el ánimo de optimizar sus beneficios, ponen en riesgo el servicio que se han comprometido a dar a sus clientes. Por ello, no es raro encontrarse con casos en los que un pasajero se topa con que, a la hora de hacer el check in, el avión se encuentra ya lleno y no puede embarcar en él.

Ante todo, queremos recalcar que es una práctica comercial legal que, sin embargo, genera unos derechos al usuario, así como unas obligaciones a la aerolínea, que el afectado puede y debe reclamar.

En primer lugar, la compañía aérea procederá a buscar pasajeros voluntarios con los que poder llegar a un acuerdo. Estos clientes deberán renunciar a su asiento a cambio de diversas contraprestaciones.


En caso de que no haya acuerdo entre la compañía aérea y el pasajero por el overbooking, la aerolínea debe ofrecer el reembolso absoluto de su billete, un transporte alternativo y además una compensación económica.


 

Es importante poder demostrar la falta de acuerdo entre las dos partes y por ello debe quedar constancia de lo sucedidoincluyendo la fecha del incidente. Ese documento se lo debe aportar la aerolínea y en caso de no ser así podrá ser proporcionado en cualquier punto de información del aeropuerto. Realizado esto, el pasajero tiene total derecho a reclamar a la aerolínea.

Cuando el acuerdo por el overbooking le parezca insuficiente, (porque no nos han indemnizado como pensabamos o bien porque la compensación mínima que fija el Reglamento europeo no es sufiente para hacer frente a los gastos que hemos tenido que realizar, como por ejemplo una habitación en un hotel), y no hemos disfrutado o recuperado, es posible reclamar la cantidad restante.

Se han equiparado todas las incidencias de retraso, cancelación y overbooking.

 

Périda Equipaje

 

Si has sufrido una pérdida de equipaje durante tu vuelo, las indemnizaciones ascienden hasta:

1.350€ 

 

* No existen indemnizaciones automáticas según el reglamento 261/2004 de la UE para el equipaje. Para reclamar por equipaje rige el Covenio de Montreal.

Indemnizaciones según el Convenio de Montreal para el equipaje.

Este Convenio establece un límite máximo en la responsabilidad de 1.131 DEG (Derechos Especiales de Giro) que al cambio son apróximadamente 1.376€ por pasajero, salvo declaración especial de valor, no existiendo compensaciones automáticas a los pasajeros.

 

¿Cómo reclamar pérdida de equipaje o rotura y que sea efectivo?

1- Lo más importante es dirigirnos al mostrador de la aerolínea en un periodo máximo de 7 días y rellenar el PIR (Parte de Irregularidad de Equipaje) en sus siglas en inglés -Property Irregularity Report-.

 

De esta manera dejamos constancia de nuestro problema con el equipaje y conseguiremos un objetivo doble:

- El primero, es que nos proporcionará 2 años para interponer la futura reclamación por la maleta.

- El segundo, nos permitirá que se admita a trámite la reclamación a la hora de reclamar una compensación.

* Debemos dejar constancia del daño sufrido o la pérdida del equipaje, ya que si no la aerolínea podría argumentar que el daño no se ha producido durante el transporte. Si se rellena en el momento siempre será mejor. En el caso de que de que no haya protesta por parte del pasajero, existe presunción de que el equipaje ha sido entregado en buen estado.

 

2- Si necesitamos comprar útiles de primera necesidad o algo de ropa debemos conservar los tickets de compra para acreditarlo a la aerolínea en concepto de gastos de manutención al no disponer de equipaje.

 

3- Con independencia de la ropa que se haya comprado, y que deberá será reembolsada por la aerolínea, la compañía está obligada a indemnizar con 67,33 euros por día, hasta un máximo de 21 días.

 

 

Plazos para reclamar indemnizaciones por equipaje:

1- En caso de rotura o avería de su equioaje o maleta, se debe comunicar al transportista inmediatamente, si bien el plazo máximo sería de siete días para el equipaje facturado a partir de la fecha de su recepción.

 

2- Si fuese por un retraso en la entrega de equipaje, se debe comunicar en el plazo de veintiún días desde la fecha en que se ha entregado definitivamente el equipaje.

 

3- Si por cualquier motivo estos plazos no se cumpliesen, siempre se podrá acudir a los tribunales en el plazo de dos años.

 

 


 

 

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