fbpx
Inicio » Ley de Segunda Oportunidad

Ley de Segunda Oportunidad: cancela tus deudas

Un abogado experto en la Ley de Segunda Oportunidad te asesorará gratis y te dirá cómo puede beneficiarte.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad? ¡Despejamos tu dudas! Existe mucha confusión sobre qué es, donde solicitarla (como acogerse) a la Ley de Segunda Oportunidad o cuáles son los requisitos para solicitar la Segunda Oportunidad pero esta herramienta legal es algo más complicado que una mera solicitud. Por eso te explicaremos qué es la Ley de la segunda oportunidad y todas las opciones para mejorar tu situación financiera.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es una modificación de la ley concursal que permite que un particular o un autónomo cancele todas las deudas pendientes y tenga un nuevo comienzo sin cargas financieras.

Tras su aprobación en 2015 y publicación en el BOE, se conoce técnicamente como Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.

Lo que hace esa ley es modificar la ley concursal que antes solo se aplicaba a las empresas para que ahora las personas también puedan acogerse a este mecanismo.

Ley de Segunda Oportunidad: ¿En que consiste y cuál es su objetivo?

El objetivo de La ley de Segunda Oportunidad es permitir que una persona física, ya sea particular o autónomo, tenga una segunda oportunidad tras llegar a un mal momento económico, empresarial o personal eliminando sus deudas y empezando de 0. Esto permite que pueda rehacer su vida sin tener que arrastrar sus deudas de forma indefinida y que difícilmente podría satisfacer en el futuro.

La Ley de la Segunda Oportunidad consiste en un recurso legal dirigido a particulares y autónomos con el fin de renegociar o incluso eliminar total o parcialmente las deudas de la persona solicitante, bajo circunstancias en las que no puede hacer frente a su pago. Como ves no es meramente una solicitud para librarse de deudas, si no que se trata más bien de un proceso similar al concurso de acreedores pero para una persona física. Podemos decir que es un proceso similar al que se pueden acoger las empresas cuando cierran por quiebra que hasta ahora no estaba permitido a las personas.

Una EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) como se llama al resultado positivo de esta ley, consiste en la cancelación de deudas o la renegociación de la forma en que se van a devolver para que la persona afectada pueda hacer frente a sus gastos del día a día y empezar de nuevo sin deudas.

Antes de entrar en el detalle, te recomenamos que te descargues nuestra guía con información sobre la Ley de segunda oportunidad para tenerla a mano y que puedas consultarla siempre que te surjan dudas.

Entonces, ¿Si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad me libro de las deudas?

El objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad no está pensada para librarse de pagar deudas, se trata de un recurso legal similar al concurso de acreedores el cual tiene como objetivo liquidar la totalidad de sus deudas por medio de los bienes y capacidades de pago, y en ocasiones llegando a exonerar deuda, sin ser esto su objetivo final. De forma que esta Ley está pensada para satisfacer a los acreedores, de forma que se plantee la posibilidad de pagar las deudas acumuladas, encontrando la fórmula para hacerlo, ya sea por medio de renegociación o sacrificando los bienes los deudor, similar a un concurso de acreedores.

¿Quién puede acogerse a la Ley de segunda oportunidad?

Se pueden acoger personas, ya sean particulares o autónomos, pero nunca una empresa. Para esos casos ya existe otro procedimiento llamado “Concurso de acreedores”. Obviamente, no cualquier persona puede acogerse a este mecanismo ya que hay que cumplir una serie de condiciones o requisitos para ello.

Ley de la Segunda Oportunidad: Requisitos

Para acogerse a la ley de Segunda Oportunidad se necesita cumplir algunos requisitos.

Antes que nada es importante conocer las implicaciones de acogerse a esta ley, y las diferentes alternativas, ya que no es necesariamente la mejor opción para toda persona afectada por deudas. En muchos casos hay personas afectadas por usura en cuya situación es más conveniente la reclamación individual de deudas. Si es tu caso te ayudaremos igualmente y plantearemos la mejor solución.

A continuación te decimos qué necesitas para acogerte al mecanismo de segunda oportunidad y conseguir una EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) como se llama la cancelación de esas deudas.

Lista de requisitos para solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad

Estos requisitos son generales y podrían cambiar con actualizaciones de la Ley. Siempre es recomendable contactar con un experto para saber si te puedes acoger ya que puedes pensar que cumples los requisitos para solicitar la Ley de la segunda oportunidad y finalmente ser lo contrario o viceversa. Si estás interesado/a realizaremos un estudio de tu caso gratuitamente. A continuación listamos los requisitos principales:

  • El primer requisito consiste en ser una persona física. Es decir, a esta ley se pueden acoger particulares y autónomos, pero no empresas ya que estas van por otro procedimiento.
  • Hay que ser insolvente (estar en quiebra) para poder acogerse a este mecanismo. Es decir, es necesario demostrar que no puedes afrontar los pagos a tus acreedores.
  • Ser deudor de buena fe: La buena fe implica que el deudor no haya actuado de manera fraudulenta o deshonesta en la acumulación de sus deudas o en la ocultación de bienes o información. Es necesario demostrar que se han realizado esfuerzos razonables para intentar cumplir con las obligaciones adquiridas.
  • Tener una deuda inferior a 5 millones de euros: La Ley de Segunda Oportunidad establece un límite máximo de deuda para poder acogerse a ella. En este caso, la deuda acumulada no debe superar los 5 millones de euros.
  • Demostrar falta de recursos o patrimonio para hacer frente a las deudas: Es necesario demostrar que no se cuenta con los recursos económicos suficientes ni con un patrimonio significativo que permita afrontar las obligaciones adquiridas. Esta situación debe ser evaluada y acreditada mediante la presentación de la documentación correspondiente.
  • No haber sido culpable de un concurso: Si el deudor ha sido declarado culpable de un concurso de acreedores anterior, no podrá acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Esto implica que no haya incurrido en conductas dolosas o negligentes que hayan generado la situación de insolvencia.
  • No haber solicitado previamente acogerte a ella en los últimos 5 años: Tienen que haber pasado al menos 5 años para que la persona que quiere acogerse a esta ley pueda hacerlo. Esto es así, porque se busca que no se utilice este recurso legal de forma indebida.

Si cumples los criterios, puedes solicitar acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y beneficiarte de sus ventajas. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este proceso requiere una cuidadosa planificación, seguimiento y compromiso para que todo salga como se espera.  Si se hace correctamente, esta ley puede ayudarte a recuperar tus finanzas, pero si se hace mal no solo no lo conseguirás, sino que no podrás volver a intentarlo en 5 años.

Requisitos que ya no son necesarios para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad

Posteriormente a la reforma de la Ley de Concurso de Acreedores se han modificado también ciertos matices de la Ley de Segunda Oportunidad. Por ello, algunos de los requisitos que se solicitaban antes de dicha reforma ya no son necesarios para pedir la ley de la segunda oportunidad. Básicamente se han actualizado los siguientes:

  • Delitos económicos: Si ya se ha cumplido la pena y saldado la deuda sí se podría acoger
  • Haber rechazado un trabajo para el cual se es apto en los últimos 4 años ya no es un impedimento para solicitar acogerse a esta ley.

¿Cómo se si estoy en quiebra financiera y me tengo que acoger a la Ley de Segunda Oportunidad?

Puedes decir que están en quiebra financiera cuando se da situación en la que no puedes hacer frente a tus pagos con los ingresos que recibes, siendo los recursos económicos disponibles insuficientes. Bajo esa premisa puedes saber si estás en una situación de quiebra financiera o cercana a la quiebra. Por eso en Reclama Por Mí siempre estudiamos las deudas de nuestros clientes antes de solicitar la Ley de Segunda Oportunidad para saber si están en quiebra financiera para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad o por el contrario pueden salir de esa mala situación por medio de la reclamación de deudas abusivas, situación que es muy común.

Si estás interesado/a en conocer este mecanismo para acogerte a él y liberarte de deudas, te ayudamos. Simplemente rellenando el formulario, nos pondremos en contacto contigo y un abogado experto la Ley de la Segunda Oportunidad en este proceso analizará tu caso gratuitamente.

Te ayudamos con la cancelación de tus deudas

Abogados expertos en reclamaciones de Ley de Segunda Oportunidad.

Rellena el formulario y evaluamos tu caso gratis.

¿Cuánto dura el proceso?

La duración del proceso no está estipulada. No existen muchos plazos marcados como tal, con la salvedad de márgenes de tiempo para presentar documentación u oponerse a decisiones, no hay un tiempo límite o preestablecido para cada una de las fases de la Ley de Segunda Oportunidad, ya que una gran parte depende de los juzgados, y variará en función de eso.

Hay una serie de documentos y gestiones a realizar que tiene una duración, por lo que no es posible asegurar cuánto tiempo tarda la Ley de Segunda Oportunidad en resolverse, pero trataremos de ayudarte aclarándote las diferentes posibilidades.

Dependiendo de la complejidad del caso, el proceso puede durar hasta los 18 meses. Este es el máximo legal que se establece para estos casos, auqnue los más complicados o para las zonas con los juzgados más saturados, pueden tener una prórroga y tardar algunos meses más.


En el caso de Reclama por mí caso hemos tenido procedimientos que han durado menos de 6 meses, pero lo habitual está entre 6 y 8 meses en el proceso completo.

Además, si prefieres unos datos más aproximados conforme a tu situación específica siempre puedes rellenar el formulario para contactar con nosotros de manera gratuita.

¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?

Acogerse al mecanismo de la segunda oportunidad no conlleva costas judiciales. Lo únicos costes que conlleva son el pago del abogado y el procurador. Ambas figuras son necesarias según la ley para poder llevar a cabo el proceso por su complejidad. El precio puede oscilar entre los 3000 y los 7000 euros en función del despacho de abogados al que recurras.

Con Reclama por mí la primera consulta, en la que analizaremos si tu caso es viable, será gratuita. Si finalmente vas al proceso judicial con nosotros, nuestro precio es de los más competitivos tal y como puedes ver más abajo en la sección Precio.

Es recomendable buscar el apoyo de abogados con amplia experiencia en derecho concursal y deudas para asegurarse de que se cumplan todos los requisitos y se realice un adecuado trámite dentro del marco legal establecido.

En Reclama por mí somos expertos en realizar los trámites necesarios para solicitar acogerse a esta ley con éxito. Tenemos una tasa de éxito del 98%.

Te ayudamos con la cancelación de tus deudas

Abogados expertos en reclamaciones de Ley de Segunda Oportunidad.

Rellena el formulario y evaluamos tu caso gratis.

¿Dónde solicitar la Ley de Segunda Oportunidad?

Este es un proceso complejo y la propia ley indica que es necesario acogerse a ella a través de un abogado. Esto se hace porque la complejidad del proceso haría que una persona no experta en ello, cometiera muchos errores, colapsando el sistema judicial al tener que repetir pasos del proceso. Además, sería muy fácil que uno de esos errores hiciera que la resolución del procedimiento fuera negativa y la persona perdiera la oportunidad de conseguir un EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho).

Cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad

Para saber cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad hay que entender que es un procedimiento complejo que consta de una serie de pasos que marcan las fases del proceso. Podemos identificar diferentes etapas durante el transcurso del proceso, desde que la persona contacta con nosotros hasta que finalmente consigue la exoneración de la deuda insatisfecha.

Procedimiento Segunda Oportunidad

El procedimiento de Segunda Oportunidad consta de diferentes fases, las cuales podemos distinguir entre antes y después de los juzgados.

Aunque realmente no existe una fase prejudicial como tal, sí existen una serie de acciones a tomar antes de presentar el auto de declaración de concurso. Una vez presentado, en tanto que nadie se oponga podemos dar por comenzado el proceso, el trataremos de diferenciar en fases para que se pueda entender más fácilmente.

Además si tienes dudas o quieres saber cómo se adaptan los pasos del procedimiento a tu situación concreta no dudes en contactar, nos pondremos en contacto contigo y te explicaremos todo gratuitamente.

Fase 1: Recopilación de datos

Lo primero de todo es conocer el caso, conocer a la persona solicitante y saber si cumple los requisitos para avanzar. Esto lo podemos empezar en la primera llamada gratuita. Con una serie de preguntas básicas nos haremos una idea y podremos realizar un presupuesto. Todo esto sin coste ni compromiso.

Primero verificaremos todos los factores que influyen como la situación legal, situación fiscal, ingresos, gastos, deudas, obligaciones, activos, pasado legal, pasado económico, etc. Haremos esto mediante un Formulario que se rellenará durante una conversación más extensa con una persona de nuestro equipo.

Una vez recopilemos todo tendremos que analizar y valorar los posibles escenarios de cara a conseguir el mejor resultado posible para la persona solicitante.

Fase 2: Redacción de documentos

En este paso nuestros abogados comenzarán a redactar el informe de la demanda o “memoria histórica jurídica y económica” de la persona solicitante. Además, junto a ese documento redactamos también la demanda formal. Esta demanda debe incluir toda la información, justificaciones y documentación necesaria que respalde tu situación financiera. Esta demanda debe estar muy bien detallada y se debe presentar en el juzgado mercantil competente.

Durante ese tiempo es recomendable tratar de llegar a un acuerdo con los acreedores, o poner a la venta bienes inmuebles si los tiene, de manera que sea claro, público y demostrable que se es una persona deudora de buena fe.

Fase 3: Declaración de concurso

Una vez disponemos de toda la documentación emitimos el auto de declaración del concurso. Este documento se envía a los organismos públicos como registros, hacienda, etc. Además se notificará a los acreedores vía publicación en el BOE. Gracias a esto se da por publicado el auto del concurso y se notifica a todos los acreedores que la persona solicitante de esta ley está en una situación en la que no podrá hacer frente a los pagos.

Una vez hecho esto los acreedores podrán oponerse, proceda o no, pero es una situación que muy rara vez se da ya que lo normal es que el proceso transcurra con normalidad, y de paso a la siguiente fase del proceso.

Cuando la demanda haya sido admitida por el juez, podrás solicitar a tus acreedores que dejen de acosarte por teléfono.

Fase 4: Demanda admitida y solicitud de exoneración

Una vez cumplido lo anterior con normalidad, la demanda habrá sido admitida y solicitaremos la exoneración del pasivo insatisfecho. En este caso es posible que haga falta un administrador concursal si algún acreedor lo solicita (en ese caso será a cargo del acreedor) o bien si hay bienes inmuebles de por medio.

En esta etapa, se examinarán tus bienes y se determinará la viabilidad de un plan de pagos o una liquidación ordenada de tus deudas. Siempre que ambas opciones sean viables, el deudor podrá elegir la que más le convenga.

  • Si elige (y se determina que es viable) el plan de pagos, este será a 3 o 5 años y el deudor podrá proteger su patrimonio cancelando parte de la deuda.
  • Si finalmente acude a la exoneración con liquidación, el deudor cancelará la totalidad de sus deudas a cambio de liquidar su patrimonio, en caso de que lo tenga.

Si el juez considera que eres elegible para obtener el beneficio de la Ley de la 2ª oportunidad, podrá cancelar tus deudas de forma total o parcial, lo que te permitirá empezar de nuevo con una situación financiera más favorable. Es importante tener en cuenta que no todas las deudas se cancelan, como por ejemplo las deudas derivadas de alimentos.

En estos casos quedaremos a la espera de la decisión del juez que puede derivar en 4 situaciones diferentes.

Escenarios de resolución de Ley de Segunda Oportunidad

Escenario 1: No exoneración y rechazo de la Ley de Segunda Oportunidad

Que se rechace una solicitud de Ley de Segunda Oportunidad es un escenario que no contemplamos ya que desde Reclama Por Mí estudiamos la elegibilidad y todas situaciones posibles previamente a mandar la solicitud, por lo que descartamos esta posibilidad ya que de tener sospechas de que podría salir mal, no empezaríamos el proceso.

Si crees que no puedes acogerte a este mecanismo no te preocupes, dependiendo de caso hacemos una u otra recomendación, con lo que podemos encontrar otras soluciones a tus deudas.

Escenario 2: Exoneración total por medio de la Ley de la 2ª oportunidad

En este caso se da la exoneración total de deuda por medio del proceso de Ley de Segunda Oportunidad, es decir, se considera que la persona solicitante no tendrá capacidad de pagar la deuda y mantener una vida digna, por lo que se consigue la “Exoneración del Pasivo Insatisfecho” para ello puede haber liquidado sus bienes si los tuviera, y quedarse a 0.

En este caso no habría un plan de pagos posterior, sin embargo si la persona acogida recibiera algún pago extraordinario en un plazo de tiempo prudencial se tendrá que satisfacer las deudas exoneradas. Imaginemos que la persona recibe una exoneración total pero días después le toca la lotería y la cobra, en un caso similar deberá de pagar sus deudas.

Escenario 3: Plan de pagos de 3 años y exoneración

En determinados casos se puede estimar que la persona afectada pueda pagar unas cuotas durante un plazo de 3 años. Esto suele ser cuando la persona tiene unos ingresos recurrentes que le permiten hacer frente a cuotas, pero en el momento de la solicitud no es suficiente, por eso por medio del mecanismo de Segunda Oportunidad se puede conseguir un plan de pagos de 3 años y una exoneración parcial del pasivo insatisfecho.

Sin embargo ese plan de pagos estará adaptado a las posibilidades de la persona solicitante, teniendo en cuenta sus gastos alimentarios, transporte, pagos, etc. Al pagar la cuota durante ese tiempo de 3 años de plan de pagos irá demostrando que es un deudor de buena fe, y al final de ese tiempo se le concederá la exoneración del restante.

Escenario 4: Plan de pagos de 5 años y exoneración

De manera excepcional se podría conceder un plan de pagos más largo, dependiendo de la situación concreta del solicitante en función de sus bienes, deudas y decisión del juez. Estos casos pueden ser factibles para personas que conserven la vivienda al solicitar acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, pero se trata de algo excepcional que puede darse.

Como sabes toda resolución depende en última instancia de la decisión del juzgado, por lo que toda la información que te presentamos es meramente orientativa, pudiendo diferir del resultado final esperado. En cualquier caso te atenderemos con nuestra consulta gratuita y te explicaremos qué es lo mejor en cada situación, todo ello sin compromiso.

Desde Reclama Por Mí contamos con un equipo de expertos en el Mecanismo de Segunda Oportunidad que te ayudará a plantear tu caso de manera totalmente personalizada, buscando de conseguir el trato más favorable para el solicitante, y justificado con los datos de la propia persona.

Además siempre ofrecemos un estudio gratuito a todos los usuarios que deciden contactar con nuestros expertos.

Te ayudamos con la cancelación de tus deudas

Abogados expertos en reclamaciones de Ley de Segunda Oportunidad.

Rellena el formulario y evaluamos tu caso gratis.

Ley de Segunda Oportunidad con Hacienda y Seguridad Social

La Ley de Segunda Oportunidad y Hacienda Pública están muy relacionadas, ya que es una ley que busca facilitar una solución económica a personas que se encuentran en una situación de insolvencia. Esta situación de iinsolvencia se da cuando una persona no pueden cumplir con sus obligaciones económicas con sus acreedores (las personas o entidades a las que deben dinero).

Es común que personas con dificultades económicas contacten con nosotros para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad. En muchos casos estas personas tienen deudas con Hacienda Pública o la Seguridad Social. Por suerte esta Ley recoge la posibilidad de eliminar esa deuda dentro de unos límites establecidos.

Existen deudas contraídas con la Seguridad Social y con la Hacienda pública que pueden eliminarse al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Al acogerse a la Ley de Segunda es posible anular un máximo de 10.000€ de deuda contraída con cada una de estas entidades.

Estas deudas tienen un tratamiento especial ya que ambas se consideran deudas públicas.

Hombre mirando papeles de hacienda

Deuda máxima total a eliminar de la Seguridad Social y Hacienda con la Ley de Segunda Oportunidad

Es posible eliminar hasta 20.000€ de deuda pública a través de la Ley de la 2ª oportunidad Distribuidos entre la Seguridad Social y Hacienda podrá eliminar un máximo de 10.000€ por cada una de las entidades públicas, es decir:

  • 10.000€ de deuda máxima a eliminar de la Seguridad Social
  • 10.000€ de deuda máxima a eliminar de Hacienda Pública

Es importante saber que la eliminación de deuda pública por medio de la Ley de Segunda Oportunidad se evaluará por separado, diferenciando la Seguridad Social y Hacienda Pública, estableciendo límites diferentes. Además, los 10.000€ máximos de deuda a eliminar no se eliminan de manera automática sino en dos pasos diferentes. Te explicamos cómo:

Por ejemplo, si una persona tiene una deuda total de 15.000€ siendo 10.000€ de Hacienda y 5.000€ de la Seguridad Social al final del proceso tendrá una deuda de 2.500€ con Hacienda, pero, ¿Por qué? Tal y cómo se explica en la Ley se podrán eliminar los 5.000€ de la Seguridad Social. En cuanto a Hacienda, se eliminarán 5.000€, y el 50% del restante, es decir 2.500€, quedando pendientes otros 2.500€ a los cuales la persona afectada tendrá que hacer frente.

Por eso en caso de tener deudas con las entidades públicas, junto con tener una mala situación financiera que no te permita atender los pagos es recomendable consultar la Ley de la 2ª oportunidad. Por eso desde Reclama Por Mí ofrecemos la consulta y estudio del caso de manera gratuita y sin compromiso.

Cómo se eliminan los 10.000€ de deuda de Hacienda por la Ley de Segunda Oportunidad

En el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad se establece la forma en la que se calcula el máximo de 10.000€ a eliminar de la deuda pública como la de Hacienda.

Si el resultado del proceso es favorable, se eliminarán los primeros 5.000€, siendo el 50% de la deuda máxima a exonerar, después se eliminará el 50% de la deuda pendiente, hasta los 10.000€.

Por lo tanto para poder eliminar 10.000€ de la deuda de Hacienda hay que deber un mínimo de 15.000€, siento el cálculo siguiente:

Ejemplo 1: Deuda de 4.850€, se elimina totalmente por ser inferior a 5.000€.

Ejemplo 2: Deuda de 10.000€, se eliminan 5.000€ y quedan pendientes otros 5.000€, de los cuales se eliminarán 2.500€ (el 50% del restante). De esta manera se elimina un total de 7.500€ y quedan pendientes otros 2,500€.

Ejemplo 3: Deuda de 15.000€, se eliminan 5.000€ y quedan pendientes 10.000€, de los cuales se elimina el 50% (otros 5.000€). De esta manera se elimina un total de 10.000€ y quedan pendientes otros 5.000€.

Ejemplo 4: Deuda de 32.000€, se eliminan 5.000€ y quedan 27.000€, de los cuales se elimina hasta otros máximos 5.000€. De esta manera se elimina un total de 10.000€ y quedan pendientes 22.000€

Esta es la forma de eliminar la deuda con la Hacienda pública por el proceso de Ley de Segunda Oportunidad. Adicionalmente se podrá eliminar de manera similar otros 10.000€ de deuda con la Seguridad Social.

Si tienes dudas y quieres hacer una consulta siempre tienes nuestra consulta gratuita. Sin ningún compromiso te explicaremos cómo puede ser tu proceso.

¿Qué pasa con la deuda restante tras cancelar parte de la deuda con Hacienda o la Seguridad Social?

En caso de tener importe de deuda pendiente, esa deuda podrá ser fraccionada, de manera personal y al margen del proceso de Segunda Oportunidad, la persona afectada podrá mediar con Hacienda para fraccionar esos pagos pendientes, de manera que la persona afectada pueda encontrar otro tipo de soluciones para el importe pendiente después de aplicar la Ley de Segunda Oportunidad.

Otras deudas públicas y la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad contempla diferentes tipos de deudas, diferenciando entre exonerables y no exonerables. Principalmente las deudas públicas no son totalmente exonerables estando sujetas a estos límites. Sin embargo existen otras deudas públicas que no se contemplan como tal, podemos hablar de deudas con los ayuntamientos u otros organismos públicos. Estas deudas, por el hecho de no estar contempladas, es posible que lleguen a eliminarse totalmente, de manera que quedará a disposición del juez la última palabra.

Desde Reclama Por Mí siempre trabajaremos para conseguir el resultado más favorable de nuestros clientes, con lo cual siempre trataremos de que se elimine tanta cantidad como sea posible y corresponda, sin embargo, al margen de la Seguridad Social y Hacienda Pública existen ayuntamientos, tráfico, policía, etc, los cuales no están expresamente contemplados en la Ley de Segunda Oportunidad, con lo cual se han dado diferentes casos en los que sí se han eliminado esas deudas.

No es algo que esté perfectamente definido en la Ley de 2ª Oportunidad, a pesar de ello nosotros siempre trataremos de buscar la mejor solución a cada persona de manera que su nueva oportunidad económica se consiga lo antes posible y en las mejores condiciones posibles. Por eso, siempre tenemos habilitada la consulta gratuita, para que cualquier persona que busque acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad pueda conocer bien sus opciones sin ningún tipo de compromiso.

Te ayudamos con la cancelación de tus deudas

Abogados expertos en reclamaciones de Ley de Segunda Oportunidad.

Rellena el formulario y evaluamos tu caso gratis.

Ley de la Segunda Oportunidad para particulares y familias

Ley de Segunda Oportunidad para familias

pareja-joven-intentando-cancelar-sus-deudas

La Ley de Segunda Oportunidad se aplica también para familias, es la misma Ley de Segunda Oportunidad. En caso de presentarse una familia simplemente hay que tener otro tipo de consideraciones durante el proceso.

De cara a presentar una solicitud de Segunda Oportunidad con una familia es imprescindible conocer los detalles de la misma, siendo los siguientes detalles importantes:

  • Si están o no casados
  • Si tienen deudas o patrimonio en común
  • Conocer el régimen de casamiento, en bienes gananciales o en separación de bienes
  • Si tienen hijos menores de edad a su cargo
  • Si tienen hijos mayores de edad a su cargo
  • Si la ley de Segunda Oportunidad la solicita uno de los dos o ambos

Teniendo en cuenta lo anterior podemos hacernos una idea de cómo se va a presentar la solicitud de ley de Segunda Oportunidad. Como puedes ver cada caso es muy diferente y debe valorarse individualmente. Para que puedas entender mejor el proceso hemos habilitado el formulario online gratuito, te llamaremos hoy mismo sin ningún compromiso para explicarte cómo funciona el proceso y cómo puede beneficiarte. 

Ley de segunda oportunidad para familias en bienes gananciales

La solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad en el caso de las familias de parejas casadas en gananciales se deberá revisar de manera individual. El hecho de que una pareja esté casada en bienes gananciales quiere decir que toda deuda, deuda o ingreso recibida durante el matrimonio será compartida por ambos componentes de la pareja. Sin embargo, y esto es algo importante a tener en cuenta, las deudas u obligaciones contraídas o bienes adquiridos previos al matrimonio en gananciales son privativos, con lo que jugarán un papel importante en la solicitud.

Ley de segunda oportunidad para familias en separación de bienes

Si solicitan la Ley de Segunda Oportunidad una familia estando casados en separación de bienes hay que saber que existen diferentes matices. En esta modalidad de matrimonio cada uno puede adquirir bienes, obligaciones o deudas por su cuenta si que afecte a la otra persona, de esta forma se produce una diferencia entre la salud económica de cada uno, de manera que puedan acogerse por separado a la Ley de Segunda Oportunidad, o incluso que solo uno tenga que hacerlo.

Si tienes una situación parecida en la que tu núcleo familiar necesita acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad simplemente rellena nuestro formulario y un abogado especializado en la Ley de Segunda Oportunidad se pondrá en contacto de manera gratuita y sin compromiso para indicar la mejor opción para tu caso específico.

Ley de segunda oportunidad para familias con hijos

La Ley de Segunda Oportunidad puede aplicarse a familias con hijos, de la misma manera que anteriormente, ello influirá en el proceso ya que por lo general las necesidades financieras de una familia con hijos son diferentes de una pareja. Mensualmente se tendrá que asumir un gasto mayor en la manutención en función del número de hijos o personas a cargo que tenga la persona o personas solicitantes.

Teniendo en cuenta que hace falta una valoración profunda en Reclama Por Mí ofrecemos una consulta y análisis de cada caso de manera gratuita, de manera que siempre puedas conocer la situación real y opciones antes de acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Si tienes dudas simplemente rellena nuestro formulario y un experto se pondrá en contacto contigo para empezar el estudio gratuito y sin compromiso.

Ley de segunda oportunidad: particulares individuales

Como hemos explicado, la Ley de Segunda Oportunidad se contempla para personas particulares individuales. En cuanto a las solicitudes individuales suele ser un estudio más fácil porque solo se analiza una situación particular con un solo interviniente. Normalmente bastarán unas preguntas para verificar el cumplimiento de los requisitos, principalmente serán las siguientes:

  • Si tiene o no bienes inmuebles o muebles
  • En caso de tener bienes si están o no hipotecados o grabados con deudas
  • Importe de deudas en general
  • Hijos o personas a su cargo (mayores o menores de edad)
  • Pensiones recibidas (viudedad, invalidez, etc)
  • Pensiones a pagar (manutención, alimenticia, etc)
  • Deudas con el estado (Seguridad Social, Hacienda, etc)
  • Etc

Como ves existen muchos factores a analizar para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad una vez es válida, desde Reclama Por Mí haremos un estudio de manera gratuita y sin compromiso alguno, para que puedas saber exactamente qué es lo que vamos a solicitar, por qué y los tiempos aproximados a esperar hasta conseguirlo. Para empezar simplemente tienes que rellenar este formulario y nos pondremos en contacto contigo.

Ley de segunda oportunidad: particulares en pareja

En el caso de una pareja que se quiera acoger a la Ley de Segunda Oportunidad para particulares se valorarán otros aspectos de cara enviar la solicitud. Además de todos los anteriores que se evalúan de manera individual, también habrá otros aspectos que jueguen un papel importante en la solicitud, por ejemplo:

  • Modo de convivencia (casados en gananciales, casados en separación de bienes, pareja de hecho o una convivencia no declarada)
  • Personas a cargo de los dos cónyuges, como menores de edad-
  • Pensiones a pagarse entre ellos
  • Préstamos a pagar entre ambos
  • Etc

De esta manera evaluaremos muchos aspectos particulares en cada caso y te orientaremos para mejorar tu situación económica por medio de la Ley de Segunda Oportunidad.

Te ayudamos con la cancelación de tus deudas

Abogados expertos en reclamaciones de Ley de Segunda Oportunidad.

Rellena el formulario y evaluamos tu caso gratis.

Mecanismo de Segunda Oportunidad con vivienda

Es importante entender que solo se puede conservar la vivienda habitual al acogerse a la ley de segunda Oportunidad, es decir segundas o terceras viviendas tendrán que enajenarse para satisfacer total o parcialmente las deudas. La razón es que esta ley está pensada para intentar satisfacer a los acreedores en la medida que sea posible, no solo eliminar deuda directamente a la persona solicitante.

Entonces, si una persona tiene 2 viviendas y un alto endeudamiento que no puede asumir, se valorará si la hipoteca de su vivienda habitual está al corriente de pago, en caso de estarlo se estudiará si vendiendo su segunda vivienda podrá hacer frente a las deudas pendientes, y en caso de poder hacerlo quedándose con cuotas de la vivienda habitual y un excedente para hacer frente al resto de sus gastos, podrá entonces conservar su vivienda.

En cualquier caso hay que tomar esta información de manera orientativa, porque además de ser cada situación diferente la decisión final sobre el proceso será de los juzgados, con lo que aunque a priori tengamos una idea de lo que vayamos a solicitar, el resultado podría diferir.

Monedas representando hipoteca y su efecto en la ley de la segunda oportunidad

Ley de la 2ª oportunidad sin perder la vivienda habitual

Es una de las consultas más recurrentes, a diario nos consultan si se puede solicitar la Ley de Segunda Oportunidad sin perder la casa. Esto es una preocupación natural ya que es un bien difícil de adquirir que normalmente se paga durante un periodo de entre 20 y 30 años.

Por suerte es posible acogerse a la ley de segunda oportunidad sin perder la vivienda habitual. Para ello tiene que darse una situación particular: el préstamo hipotecario de dicha vivienda deberá estar al corriente de pago, de manera que la mejor opción para ambas partes sea mantener el acuerdo tal y cómo está, para pasar a centrarse en el resto de deudas.

Sobre el resto de las deudas se puede llegar a plantear un plan de pagos a 5 años, de manera que durante ese tiempo se pueda pagar una cantidad hasta que al final del periodo se consiga la exoneración. Sin embargo esta decisión queda sujeta a los juzgados, de manera que no es una norma absoluta, si no que podría recibirse una respuesta diferente y tener que enajenar la vivienda.

Ley de Segunda Oportunidad y la hipoteca

En caso de tener una vivienda en propiedad solicitar la Ley de Segunda Oportunidad la hipoteca tendrá un papel clave. El Mecanismo de Segunda Oportunidad es un proceso legal muy similar al concurso de acreedores, de manera que a priori, hay  que liquidar los bienes para hacer frente a las deudas, sin embargo también se contempla el poder conservar la vivienda habitual.

La entidad bancaria prestataria de la hipoteca constará como otro acreedor más y conservar la casa y la hipoteca dependerá de si está o no al corriente de pago cuando se solicita acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad sin perder la vivienda.

Evitar la Ejecución Hipotecaria

Uno de los mayores beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad es que detiene la ejecución hipotecaria en su camino. Esto te da la oportunidad de poner al día tus pagos hipotecarios y evitar la pérdida de tu hogar.

En ocasiones no será posible conservar la vivienda pero la Ley de Segunda Oportunidad no contempla como tal la ejecución hipotecaria. Los casos de enajenación de la vivienda a menudo se dan cuando el préstamo hipotecario está impagado, cuando esto ocurre obligatoriamente hay que enajenar la vivienda ya que se entiende que no hay capacidad de pago.

Sin embargo, que no se ejecute la garantía hipotecaria no quiere decir que se vaya a conservar la vivienda, ya que se puede enajenar sacándola a subasta, pudiendo hacerlo de dos maneras diferentes que explicaremos a continuación.

Vender la vivienda con hipoteca antes de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

En los casos en los que la vivienda esté impagada podemos recomendar ponerla a la venta antes incluso de comenzar el proceso de Ley de Segunda Oportunidad. En primer lugar puede darse la posibilidad de conseguir un precio de venta mejor para saldar más cantidad de deuda, y otra razón es para manifestar que efectivamente la persona solicitante es de buena fe y trata de pagar a sus acreedores aun antes de comenzar el proceso.

En estas situaciones al vender la vivienda se puede saldar automáticamente la totalidad de la hipoteca para después pasar a centrarse en otras deudas al solicitar la Ley de Segunda Oportunidad.

Por otro lado, también puede llegar a ocurrir que se venda la vivienda pero no se consiga saldar la hipoteca, en ese caso el banco seguiría siendo un acreedor y se buscaría la exoneración del restante al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Sacar la vivienda a subasta

Cuando no ha sido posible vender la vivienda antes de comenzar el proceso de Ley de Segunda Oportunidad, es posible que el juzgado determine sacar la vivienda a subasta pública dónde cualquier persona podrá apropiarse de ella, y los acreedores cobrarán en función de lo que se consiga en esa subasta.

Cada caso es muy diferente, por eso no existen recomendaciones genéricas para todas las personas solicitantes, por lo que recomendamos aprovechar nuestra consulta gratuita con un experto a través de este formulario.

Este procedimiento trata de satisfacer a ambas partes, tanto deudores como acreedores, y en ningún caso busca proteger solo a una de las partes, por lo que la decisión final dependerá de los juzgados, y siempre se tendrán que cumplir una serie de requisitos a la hora de solicitar la Ley de Segunda Oportunidad sin perder la vivienda habitual.

¿Cómo estudian mi caso de Ley de la 2ª oportunidad?

En Reclama Por Mí estudiamos tu caso de Ley de Segunda Oportunidad Gratis y te damos la mejor opción. Muchas veces existen alternativas a la Ley de Segunda Oportunidad y nosotros estudiamos con nuestro equipo de abogados todas las opciones para saber cual es la mejor para tí de manera gratuita.

Si estás leyendo esto seguramente quieras acogerte a esta Ley de Segunda Oportunidad, en tal caso te recomendamos contactar con nosotros gratuitamente a través del formulario, estudiaremos tu caso sin compromiso y te daremos la mejor solución a tu situación.

Te ayudamos con la cancelación de tus deudas

Abogados expertos en reclamaciones de Ley de Segunda Oportunidad.

Rellena el formulario y evaluamos tu caso gratis.

Preguntas frecuentes

¿La Ley de Segunda Oportunidad cancela todas tus deudas?

¿Qué deudas NO se pueden cancelar por completo?

Pros y contras de la Ley de segunda oportunidad

El abogado en la Ley de Segunda Oportunidad

¿Cuáles son los beneficios de acogerse a la Segunda oportunidad?

¿Que pasa después de la ley de segunda oportunidad?

¿Que pasa si soy autónomo y tengo deudas con un empleado?

¿Cómo puedo declararme insolvente?

¿Puedo perder mi casa si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?

¿Puedo perder mi coche si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?

¿Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es gratis?

¿Qué es un procurador?

¿Qué es un administrador concursal?

Estudiamos tu caso gratis

Contamos con un equipo de abogados especializados en usura bancaria y falta de transparencia. Te asesoraremos sin compromiso para que sepas qué puedes reclamar.

1. Contacta en 1 min

Cuéntanos tu problema de forma breve. La consulta es totalmente gratuita y sin compromiso.

2. Te asesoramos gratis

Te diremos qué documentación necesitas y cómo proceder en caso de que quieras reclamar.

3. La mejor solución

Estudiaremos tu situación de forma particular y te daremos la mejor solución para tu caso.

Maria Esperanza Reyes Torres
2024-02-01
Los recomiendo 100%. Nos han solucionado con una gran eficacia el problema que teníamos con un préstamo de intereses abusivos, no solo consiguiendo cancelarlo sino además recibiendo la devolución de dinero. A pesar de que la comunicación ha sido por e-mail, siempre han estado pendiente de respuesta para cualquier duda e informando en todo momento del proceso. Destacar la transparencia y la facilidad para llevar a cabo la denuncia. Volvería a acudir a ellos para cualquier otro proceso.
rafa martinez
2024-01-31
Satisfecho con ellos, un proceso lento de 4 años. Pero al final todo perfecto. Tambien decir, que podria haber un tlefono de contacto donde te atiendan. Porque es todo via email.
Paco Casablanca
2024-01-29
Muy profesionales y competentes estos señores de Reclama por Mi. Totalmente aconsejable contar con sus servicios.
Jose Felix Rodriguez
2024-01-28
Creo imprescindible e importante valorar los resultados en cualquier empresa. En nuestro caso 3 contratos cancelados y en una de las tarjetas ya nos han devuelto los intereses. Es un proceso muy lento pero con un final justo de la mano de Reclama por mi. Buen trabajo !!!!!. Seguiremos confiando en ustedes. Sin duda alguna. Muchas gracias, de verdad. María del Pino Ramos Alemán Telde (Las Palmas)
Eva Mora Barrero
2024-01-27
Excelentes profesionales. Super agradecida por vuestra ayuda. Recomendable al 100%. Gracias por todo.
Domingo A. Ávila Reyes
2024-01-27
Muy buenos debía 2500€ a Moneyman y no sé que hicieron pero acabé sin tener que pagarles, solo 217€ por sus servicios, ya me habian ayudado otras veces pero siempre quedo satisfecho

Opiniones reales

Miles de opiniones reales nos avalan

¿Todavía tienes dudas?

Testimonios ley de segunda oportunidad

Guía de la Ley de la segunda oportunidad

Si quiere conocer todos los detalles sobre el proceso, puedes descargar nuestra Guía completa para tenerla a mano siempre que la necesites.

¿Cuánto cuesta el servicio de 2ª oportunidad?

En Reclama Por Mí ajustamos nuestras tarifas a ti para que te sea cómodo y fácil acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, contáctanos gratis y te asesoramos.

Primero analizamos tu caso totalmente GRATIS.

99€/mes*

Últimas noticias del blog de Reclama Por Mí

Consúltanos sin compromiso

Todo sobre la Ley de Segunda Oportunidad
Modelo de solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad
Casos reales de Ley de Segunda Oportunidad

Otros servicios

tarjeta revolving

RECLAMAR TARJETAS REVOLVING

RECLAMAR MINIPRÉSTAMOS O MINICRÉDITOS

LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

RECLAMAR POR EL CÁRTEL DE COCHES

FICHEROS DE MOROSOS

HIPOTECAS

RECLAMACIÓN DE VUELOS

OTRAS CONSULTAS