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El futuro de la cláusula suelo

Hasta la fecha, la declaración de nulidad de una cláusula suelo únicamente implicaba la devolución de los importes cobrados de más a los hipotecantes a partir de Mayo de 2013, no obstante, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea celebró este martes la vista oral de la cuestión prejudicial en la que se basará para pronunciarse sobre la llamada retroactividad total de las cláusulas suelo, es decir, que la declaración de nulidad de las cláusulas suelo deba conllevar la devolución de todo el dinero de más pagado en virtud de las mismas por parte de quienes formalizaron un préstamo hipotecario que las contuviera.

La doctrina jurisprudencial del TJUE en interpretación de la Directiva sobre las cláusulas abusivas en los contratos suscritos por los consumidores es clara al establecer la nulidad como efecto de las cláusulas abusivas utilizadas en los contratos con consumidores, prohibiendo la integración del contrato. Así, el tribunal ha declarado que cuando se haya declarado abusiva una cláusula, los órganos jurisdiccionales nacionales están obligados a aplicar todas las consecuencias que, según el Derecho nacional, se deriven de ello para que el consumidor no resulte vinculado por dicha cláusula.

La Comisión Europea, por su parte, se muestra del todo contraria a la sentencia del TS español que considera nulas las cláusulas suelo, pero no permite la retroactividad, es decir, la obligación de que los bancos devuelvan a los usuarios todas las cantidades cobradas de más por esta cláusula abusiva. En oposición a esta postura, la citada Comisión se muestra favorable a la retroactividad total de las mismas, defendiendo que no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las cantidades que ha pagado el consumidor en aplicación de una cláusula declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia.

Serán numerosísimos los efectos que tenga esta decisión: en primer lugar, serán muchos los que, finalmente, decidan iniciar un procedimiento judicial con el fin de reclamar lo que, en definitiva, les pertenece. Por otra parte, se verán afectados aquellos procesos que se encuentren pendientes de resolución, pues, el Tribunal Europeo, en su decisión, interpretará la validez de la doctrina de nuestro alto tribunal, interpretación que será vinculante para el juez nacional que, finalmente, será quien dicte Sentencia con arreglo a dicha interpretación. Y, finalmente, y no por ello menos importante, una cuestión que no debemos obviar es: ¿qué ocurrirá con las sentencias ya firmes dictadas en este asunto? ¿Sería posible interponer en dichos procedimientos recurso de revisión?

Todas aquellas sentencias que son firmes y definitivas, y que tienen efecto de cosa juzgada ya no podrán aplicarse lo que decida el TJUE, de ahí que el propio Tribunal Supremo haya suspendido su decisión sobre la no retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo hasta que dicte sentencia sobre esta cuestión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y por ello muchos Juzgados y tribunales españoles han suspendido los procedimientos relativos a cláusulas suelo, quedando a la espera de la resolución que se adopte por Europa respecto a su retroactividad para evitar que adquieran firmeza si contra esas resoluciones no cabía recurso y devenían firmes y en otros casos en los que cabía recurso se han interpuesto estos para que pueda ser de aplicación el criterio del TJUE.

Nos encontramos, tanto en los Juzgados como en las Audiencias, con posturas totalmente divergentes respecto a la retroactividad total de las cláusulas suelo. No obstante, nos atrevemos a afirmar que todos los juristas de este país, estamos de acuerdo en que hemos de esperar a la decisión que tome el TJUE al respecto y que todos aquellos procedimientos que estén aún pendientes de resolución, han de paralizarse.

Esperaremos por tanto, ansiosos, a la decisión última que tome el TJUE con el fin de que, todos y cada uno de aquellos que se han visto perjudicados por una cláusula suelo, sean justamente resarcidos por los perjuicios ocasionados por las mismas.

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